LDRS

Artículo 149. Sistemas Producto como comites coordinacion

Define Sistemas-Producto como comités para concertacion entre productores, agroindustriales y comercializadores. Establece seis objetivos incluyendo planes expansion, alianzas estrategicas, normas comerciales y definicion de aranceles.

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Texto Legal

La Comisión Intersecretarial promoverá la organización e integración de Sistemas- Producto, como comités del Consejo Mexicano, con la participación de los productores agropecuarios, agroindustriales y comercializadores y sus organizaciones, que tendrán por objeto:

I. Concertar los programas de producción agropecuaria del país;

II. Establecer los planes de expansión y repliegue estratégicos de los volúmenes y calidad de cada producto de acuerdo con las tendencias de los mercados y las condiciones del país;

III. Establecer las alianzas estratégicas y acuerdos para la integración de las cadenas productivas de cada sistema;

IV. Establecer las medidas y acuerdos para la definición de normas y procedimientos aplicables en las transacciones comerciales y la celebración de contratos sin manejo de inventarios físicos;

V. Participar en la definición de aranceles, cupos y modalidades de importación; y

VI. Generar mecanismos de concertación entre productores primarios, industriales y los diferentes órdenes de gobierno para definir las características y cantidades de los productos, precios, formas de pago y apoyos del Estado.

Los Comités Sistema-Producto constituirán mecanismos de planeación, comunicación y concertación permanente entre los actores económicos que forman parte de las cadenas productivas.

La Comisión Intersecretarial promoverá el funcionamiento de los Sistemas-Producto para la concertación de programas agroindustriales y de desarrollo y expansión de mercados.

A través de los Comités Sistema-Producto, el Gobierno Federal impulsará modalidades de producción por contrato y asociaciones estratégicas, mediante el desarrollo y adopción, por los participantes, de términos de contratación y convenios conforme a criterios de normalización de la calidad y cotizaciones de referencia.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los Sistemas-Producto son mecanismos de planeacion con impacto real en precios, cuotas y politicas comerciales. Las empresas agroindustriales deben participar activamente pues sus acuerdos influyen en costos y disponibilidad de insumos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 149 del LDRS?

Define Sistemas-Producto como comités para concertacion entre productores, agroindustriales y comercializadores. Establece seis objetivos incluyendo planes expansion, alianzas estrategicas, normas comerciales y definicion de aranceles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 149 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Los Sistemas-Producto son mecanismos de planeacion con impacto real en precios, cuotas y politicas comerciales. Las empresas agroindustriales deben participar activamente pues sus acuerdos influyen en costos y disponibilidad de insumos.

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