El Programa Especial Concurrente fomentará acciones en diversas áreas, incluyendo educación, salud, infraestructura y equidad de género. Esto busca abordar integralmente las necesidades del medio rural.
El Programa Especial Concurrente al que se refiere el artículo anterior, fomentará acciones en las siguientes materias:
I. Actividades económicas de la sociedad rural;
II. Educación para el desarrollo rural sustentable;
III. La salud y la alimentación para el desarrollo rural sustentable;
IV. Planeación familiar;
V. Vivienda para el desarrollo rural sustentable;
VI. Infraestructura y el equipamiento comunitario y urbano para el desarrollo rural sustentable;
VII. Combate a la pobreza y la marginación en el medio rural;
VIII. Política de población para el desarrollo rural sustentable;
IX. Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad;
X. Equidad de género, la protección de la familia, el impulso a los programas de la mujer, los jóvenes, la protección de los grupos vulnerables, en especial niños, discapacitados, personas con enfermedades terminales y de la tercera edad en las comunidades rurales;
XI. Impulso a la educación cívica, a la cultura de la legalidad y combate efectivo a la ilegalidad en el medio rural;
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
XII. Impulso a la cultura y al desarrollo de las formas específicas de organización social y capacidad productiva de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, particularmente para su integración al desarrollo rural sustentable de la Nación; Fracción reformada DOF 01-04-2024
XIII. Seguridad en la tenencia y disposición de la tierra;
XIV. Promoción del empleo productivo, incluyendo el impulso a la seguridad social y a la capacitación para el trabajo en las áreas agropecuaria, comercial, industrial y de servicios;
XV. Protección a los trabajadores rurales en general y a los jornaleros agrícolas y migratorios en particular;
XVI. Impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre;
XVII. Impulso a los programas orientados a la paz social; Fracción reformada DOF 27-01-2011
XVIII. Difusión nacional sobre su contenido, y Fracción adicionada DOF 27-01-2011
XIX. Las demás que determine el Ejecutivo Federal. Fracción recorrida DOF 27-01-2011
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las acciones del programa son amplias y abarcan diversas necesidades. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo acceder a estos programas y maximizar sus beneficios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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