LDRS

Artículo 15. Acciones del Programa Especial

El Programa Especial Concurrente fomentará acciones en diversas áreas, incluyendo educación, salud, infraestructura y equidad de género. Esto busca abordar integralmente las necesidades del medio rural.

acciones del programaeducacióninfraestructura

Texto Legal

El Programa Especial Concurrente al que se refiere el artículo anterior, fomentará acciones en las siguientes materias:

I. Actividades económicas de la sociedad rural;

II. Educación para el desarrollo rural sustentable;

III. La salud y la alimentación para el desarrollo rural sustentable;

IV. Planeación familiar;

V. Vivienda para el desarrollo rural sustentable;

VI. Infraestructura y el equipamiento comunitario y urbano para el desarrollo rural sustentable;

VII. Combate a la pobreza y la marginación en el medio rural;

VIII. Política de población para el desarrollo rural sustentable;

IX. Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad;

X. Equidad de género, la protección de la familia, el impulso a los programas de la mujer, los jóvenes, la protección de los grupos vulnerables, en especial niños, discapacitados, personas con enfermedades terminales y de la tercera edad en las comunidades rurales;

XI. Impulso a la educación cívica, a la cultura de la legalidad y combate efectivo a la ilegalidad en el medio rural;

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XII. Impulso a la cultura y al desarrollo de las formas específicas de organización social y capacidad productiva de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, particularmente para su integración al desarrollo rural sustentable de la Nación; Fracción reformada DOF 01-04-2024

XIII. Seguridad en la tenencia y disposición de la tierra;

XIV. Promoción del empleo productivo, incluyendo el impulso a la seguridad social y a la capacitación para el trabajo en las áreas agropecuaria, comercial, industrial y de servicios;

XV. Protección a los trabajadores rurales en general y a los jornaleros agrícolas y migratorios en particular;

XVI. Impulso a los programas de protección civil para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población rural en situaciones de desastre;

XVII. Impulso a los programas orientados a la paz social; Fracción reformada DOF 27-01-2011

XVIII. Difusión nacional sobre su contenido, y Fracción adicionada DOF 27-01-2011

XIX. Las demás que determine el Ejecutivo Federal. Fracción recorrida DOF 27-01-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las acciones del programa son amplias y abarcan diversas necesidades. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo acceder a estos programas y maximizar sus beneficios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LDRS?

El Programa Especial Concurrente fomentará acciones en diversas áreas, incluyendo educación, salud, infraestructura y equidad de género. Esto busca abordar integralmente las necesidades del medio rural.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Las acciones del programa son amplias y abarcan diversas necesidades. Los contadores deben asesorar a sus clientes sobre cómo acceder a estos programas y maximizar sus beneficios.

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