LDRS

Artículo 14. Programa Especial Concurrente

Se propone un Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluirá políticas públicas orientadas a la generación de empleo y bienestar en zonas marginadas. Este programa prioriza a las poblaciones vulnerables.

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Texto Legal

En el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales de las dependencias y entidades que la integren, la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable propondrá al Ejecutivo Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, 9 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 19 y 26 de la Ley de Planeación, el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable que comprenderá las políticas públicas orientadas a la generación y diversificación de empleo y a garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a las poblaciones económica y socialmente débiles.

La Comisión Intersecretarial, en los términos del artículo 13 de este ordenamiento, considerará las propuestas de las organizaciones que concurren a las actividades del sector y del Consejo Mexicano, a fin de incorporarlas en el Programa Especial Concurrente. Igualmente, incorporará los compromisos que conforme a los convenios respectivos asuman los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como establecerá las normas y mecanismos de evaluación y seguimiento a su aplicación.

La Comisión Intersecretarial, a petición del Ejecutivo Federal, hará las consideraciones necesarias para atender lo que dispone la fracción II del artículo 13 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este programa es crucial para el desarrollo de comunidades marginadas. Los profesionales deben estar atentos a las oportunidades de financiamiento y apoyo que surjan de este programa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LDRS?

Se propone un Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que incluirá políticas públicas orientadas a la generación de empleo y bienestar en zonas marginadas. Este programa prioriza a las poblaciones vulnerables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Este programa es crucial para el desarrollo de comunidades marginadas. Los profesionales deben estar atentos a las oportunidades de financiamiento y apoyo que surjan de este programa.

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