La Comision Intersecretarial con participacion del Consejo Mexicano define regiones de atencion prioritaria para desarrollo rural. Estas regiones reciben consideracion preferente en programas federales.
La Comisión Intersecretarial, con base en indicadores y criterios que establezca para tal efecto, con la participación del Consejo Mexicano y de los gobiernos de las entidades federativas, definirá las regiones de atención prioritaria para el desarrollo rural, que como tales serán objeto de consideración preferente de los programas de la administración pública federal en concordancia con el Programa Especial Concurrente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion establece el mecanismo de identificacion de zonas beneficiarias. Los contadores deben verificar que sus clientes esten en regiones reconocidas oficialmente para acceder a programas especiales.
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Art. 159. Atencion prioritaria marginacion justicia social
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Art. 161. Programas promocion zonas atencion prioritaria
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