LDRS

Artículo 166. Regulacion carga ganado tierras pastoreo

Comision Intersecretarial establecera medidas de regulacion y fomento para asignacion adecuada de carga ganadera segun capacidad de pastoreo e incremento de su condicion.

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Texto Legal

La Comisión Intersecretarial, a través de las dependencias competentes y con la participación del Consejo Mexicano, establecerá las medidas de regulación y fomento conducentes a la

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

asignación de la carga de ganado adecuada a la capacidad de las tierras de pastoreo y al incremento de su condición, de acuerdo con la tecnología disponible y las recomendaciones técnicas respectivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo especializado en ganaderia. Productores ganaderos deben documentar cumplimiento de cargas oficiales; si exceden, requieren justificacion tecnica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del LDRS?

Comision Intersecretarial establecera medidas de regulacion y fomento para asignacion adecuada de carga ganadera segun capacidad de pastoreo e incremento de su condicion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Articulo especializado en ganaderia. Productores ganaderos deben documentar cumplimiento de cargas oficiales; si exceden, requieren justificacion tecnica.

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