Comision Intersecretarial establecera medidas de regulacion y fomento para asignacion adecuada de carga ganadera segun capacidad de pastoreo e incremento de su condicion.
La Comisión Intersecretarial, a través de las dependencias competentes y con la participación del Consejo Mexicano, establecerá las medidas de regulación y fomento conducentes a la
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-06-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
asignación de la carga de ganado adecuada a la capacidad de las tierras de pastoreo y al incremento de su condición, de acuerdo con la tecnología disponible y las recomendaciones técnicas respectivas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo especializado en ganaderia. Productores ganaderos deben documentar cumplimiento de cargas oficiales; si exceden, requieren justificacion tecnica.
Anterior
Art. 165. Gobiernos fomento uso suelo conservacion
Siguiente
Art. 167. Programas fomento reduccion riesgos fuego
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo