LDRS

Artículo 73. Proyectos Productivos Financiera y Tecnicamente Viables

Los apoyos se otorgaran mediante proyectos financiera y tecnicamente viables que permitan produccion segun aptitud natural del predio. Permite anticipar apoyos multianuales cumpliendo requisitos.

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Texto Legal

Mediante la presente Ley, se apoyará a los productores, a través de proyectos productivos financiera y técnicamente viables, a fin de propiciar que cada predio produzca de acuerdo con su aptitud natural y se desplegará una política de fomento al desarrollo rural sustentable que les permita tomar las decisiones de producción que mejor convengan a sus intereses.

Se establece la posibilidad de anticipar los apoyos multianuales cumpliendo los requisitos que se señalen para cada caso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La viabilidad financiera y tecnica es requisito previo. Desarrolla estudios de factibilidad robustos que demuestren rendimiento esperado y capacidad de pago del productor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del LDRS?

Los apoyos se otorgaran mediante proyectos financiera y tecnicamente viables que permitan produccion segun aptitud natural del predio. Permite anticipar apoyos multianuales cumpliendo requisitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

La viabilidad financiera y tecnica es requisito previo. Desarrolla estudios de factibilidad robustos que demuestren rendimiento esperado y capacidad de pago del productor.

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