LDRS

Artículo 182. Acciones dirigidas a pequenos productores en pobreza

Las acciones para soberania y seguridad alimentaria deben abarcar a todos los productores, con atencion prioritaria a pequenos productores en pobreza, impulsando integracion de cadenas productivas de alimentos.

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Texto Legal

Las acciones para la soberanía y la seguridad alimentaria deberán abarcar a todos los productores y agentes intervinientes, de manera prioritaria a los pequeños productores en condiciones de pobreza, impulsando la integración de las cadenas productivas de alimentos. Artículo reformado DOF 03-06-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion es relevante para identificar beneficiarios prioritarios de programas. Los contadores deben considerar que muchos apoyos favorecen a pequenos productores, lo que puede mejorar acceso a estimulos fiscales para estos segmentos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 182 del LDRS?

Las acciones para soberania y seguridad alimentaria deben abarcar a todos los productores, con atencion prioritaria a pequenos productores en pobreza, impulsando integracion de cadenas productivas de alimentos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 182 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Esta disposicion es relevante para identificar beneficiarios prioritarios de programas. Los contadores deben considerar que muchos apoyos favorecen a pequenos productores, lo que puede mejorar acceso a estimulos fiscales para estos segmentos.

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