LDRS

Artículo 177. Contratos cuidado proteccion naturaleza autorizacion

Contratos para cuidado y proteccion de la naturaleza requieren autorizacion de SEMARNAT para tener validez legal, segun Ley General de Equilibrio Ecologico y Vida Silvestre.

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Texto Legal

Los contratos para los efectos del cuidado y la protección de la naturaleza, en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General de Vida Silvestre requerirán autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para tener validez legal.

CAPÍTULO XVII De la Seguridad y Soberanía Alimentaria

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo procedimental pero importante. Todo contrato ambiental de clientes rurales debe tramitarse ante SEMARNAT; sin autorizacion, puede ser nulo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 177 del LDRS?

Contratos para cuidado y proteccion de la naturaleza requieren autorizacion de SEMARNAT para tener validez legal, segun Ley General de Equilibrio Ecologico y Vida Silvestre.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 177 de la LEY de Desarrollo Rural Sustentable?

Articulo procedimental pero importante. Todo contrato ambiental de clientes rurales debe tramitarse ante SEMARNAT; sin autorizacion, puede ser nulo.

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