LOCGEUM

LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

La Ley Organica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos regula la organizacion y funcionamiento del Congreso de la Union, estableciendo las bases para el ejercicio de las facultades legislativas y de control del Poder Legislativo. Esta ley aplica a los miembros del Congreso, incluyendo a senadores y diputados, asi como a los organos administrativos y tecnicos que lo apoyan. Entre los temas principales que cubre se encuentran la estructura, las atribuciones, el procedimiento legislativo y las disposiciones generales que rigen el funcionamiento del Congreso. Su importancia practica radica en que proporciona un marco normativo claro y ordenado para el ejercicio de la funcion legislativa, lo cual es fundamental para abogados, contadores y ciudadanos interesados en el proceso legislativo y en la participacion ciudadana en la democracia mexicana.

Publicado: 3 de septiembre de 1999|Última reforma: 7 de julio de 2025| PDF oficial

Estructura

151 artículos totales · 67 artículos clave analizados

Artículos (151)

Art.
1

Artículo 1. Poder Legislativo en Mexico

El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se organiza en un Congreso General, dividido en dos Cámaras: Diputados y Senadores. Esta estructura es fundamental para el funcionamiento del sistema democrático en el país.

poder legislativocongresodiputados
Art.
2

Artículo 2. Integracion de las Camaras

Cada Cámara del Congreso se integra según lo establecido en la Constitución, con un ciclo legislativo que dura tres años. Este artículo también define el periodo legislativo, que va del 1 de septiembre al 31 de agosto.

integracioncamaraslegislatura
Art.
3

Artículo 3. Funcionamiento del Congreso

El Congreso y sus Cámaras operan bajo la Constitución y esta ley, sin necesidad de intervención presidencial. Esto asegura la autonomía legislativa y la independencia de las Cámaras.

funcionamientoautonomiaconstitucion
Art.
4

Artículo 4. Periodos de Sesiones Ordinarias

El Congreso se reunirá en dos periodos de sesiones ordinarias cada año, comenzando el 1 de septiembre y el 1 de febrero. Estos periodos son cruciales para la actividad legislativa.

sesionesperiodoscongreso
Art.
5

Artículo 5. Sesiones Conjuntas del Congreso

El Congreso se reunirá en sesión conjunta para tratar asuntos específicos y celebrar sesiones solemnes. Esta disposición es clave para la colaboración entre las Cámaras.

sesiones conjuntascongresocolaboracion
Art.
6

Artículo 6. Inauguracion de Periodos de Sesiones

Cada periodo de sesiones ordinarias se inaugura en fechas específicas, con la presencia del Presidente de la República. Este acto simboliza el inicio formal de la actividad legislativa.

inauguracionperiodospresidente
Art.
7

Artículo 7. Informe del Presidente

El Presidente de la República presenta un informe al Congreso al inicio del primer periodo de sesiones. Este informe es fundamental para el análisis legislativo posterior.

informepresidentecongreso
Art.
8

Artículo 8. Quorum para Sesiones Conjuntas

Se requiere un quórum específico para realizar sesiones conjuntas del Congreso, conforme a la Constitución. Esto garantiza la validez de las decisiones tomadas.

quorumsesiones conjuntasconstitucion
Art.
9

Artículo 9. Nombramiento de Presidente Interino

El Congreso tiene la facultad de nombrar un Presidente interino en caso de ausencia del titular, siguiendo un proceso de votación. Este procedimiento es crucial para la estabilidad del gobierno.

presidente interinonombramientocongreso
Art.
10

Artículo 10. Falta del Presidente

En caso de que el Presidente electo no asuma su cargo, el Congreso designará un Presidente interino. Este artículo regula la transición de poder y la continuidad del gobierno.

faltapresidentetransicion
Art.
11

Artículo 11. Fuero de Diputados y Senadores

Los diputados y senadores gozan de fuero, lo que les otorga inviolabilidad por sus opiniones en el ejercicio de su cargo. Sin embargo, son responsables por delitos cometidos durante su mandato.

fuerodiputadossenadores
Art.
12

Artículo 12. Inviolabilidad de Recintos

Los recintos del Congreso son inviolables, y la fuerza pública solo puede ingresar con autorización. Esto protege la integridad de las sesiones legislativas.

inviolabilidadrecintoscongreso
Art.
13

Artículo 13. Proteccion de Bienes Nacionales

Ninguna autoridad puede ejecutar mandatos sobre los bienes destinados al Congreso. Esto asegura la autonomía y funcionamiento del Poder Legislativo.

proteccionbienes nacionalescongreso
Art.
14

Artículo 14. Sesion Constitutiva de la Camara

El Secretario General de la Cámara organiza la sesión constitutiva, asegurando la correcta identificación de los diputados electos. Este proceso es esencial para el inicio de la Legislatura.

sesion constitutivadiputadosorganizacion
Art.
15

Artículo 15. Mesa de Decanos en la Camara

La Mesa de Decanos, compuesta por los diputados de mayor antigüedad, dirige la sesión constitutiva. Este artículo establece la importancia de la experiencia en el proceso legislativo.

mesa de decanosantiguedadsesion constitutiva
Art.
16

Artículo 16. Constitucion de la Camara de Diputados

El presidente de la Mesa Directiva declara constituida la Cámara de Diputados y cita para la sesión de apertura del Congreso General. Este artículo establece el procedimiento para la constitución y las sesiones iniciales de la Cámara.

mesa directivacamara de diputadossesiones
Art.
17

Artículo 17. Eleccion de la Mesa Directiva

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados es electa por el Pleno y se compone de un presidente, tres vicepresidentes y un secretario. Este artículo detalla el proceso electoral y la duración de los cargos.

mesa directivaelecciondiputados
Art.
18

Artículo 18. Criterios para la Eleccion

Los Grupos Parlamentarios deben postular candidatos a la Mesa Directiva que demuestren prudencia y experiencia. Este artículo establece los criterios para la selección de los integrantes.

mesa directivacandidatosgrupos parlamentarios
Art.
19

Artículo 19. Sustitucion en Ausencias

En caso de ausencias temporales del Presidente de la Mesa Directiva, los Vicepresidentes lo sustituirán. Este artículo regula cómo se manejan las vacantes y las ausencias prolongadas.

mesa directivaausenciassustitucion
Art.
20

Artículo 20. Atribuciones de la Mesa Directiva

La Mesa Directiva tiene la responsabilidad de conducir las sesiones y asegurar el desarrollo adecuado de los debates. Este artículo enumera sus atribuciones clave.

mesa directivaatribucionessesiones
Art.
21

Artículo 21. Funcionamiento de la Mesa Directiva

La Mesa Directiva se reúne semanalmente y toma decisiones por consenso o voto ponderado. Este artículo detalla la dinámica de trabajo del órgano colegiado.

mesa directivafuncionamientodecisiones
Art.
22

Artículo 22. Rol del Presidente de la Mesa

El Presidente de la Mesa Directiva representa la unidad de la Cámara y garantiza el fuero constitucional de los diputados. Este artículo describe sus funciones y responsabilidades.

presidentemesa directivaunidad
Art.
23

Artículo 23. Atribuciones del Presidente

Este artículo enumera las atribuciones del Presidente de la Mesa Directiva, incluyendo la conducción de sesiones y la representación legal de la Cámara.

presidenteatribucionesmesa directiva
Art.
24

Artículo 24. Funciones de los Vicepresidentes

Los Vicepresidentes asisten al Presidente en sus funciones y pueden asumir representaciones protocolarias. Este artículo detalla sus roles.

vicepresidentesfuncionesmesa directiva
Art.
25

Artículo 25. Atribuciones de los Secretarios

Los Secretarios de la Mesa Directiva tienen diversas atribuciones relacionadas con la conducción de las sesiones y la supervisión de trámites parlamentarios.

secretariosatribucionesmesa directiva
Art.
26

Artículo 26. Definicion de Grupos Parlamentarios

Los Grupos Parlamentarios son conjuntos de diputados según su afiliación partidaria, garantizando la libre expresión ideológica en la Cámara. Este artículo define su composición y funcionamiento.

grupos parlamentariosdefinicionafiliacion
Art.
27

Artículo 27. Rol del Coordinador Parlamentario

El Coordinador del Grupo Parlamentario promueve entendimientos y participa en la Junta de Coordinación Política. Este artículo describe su rol y responsabilidades.

coordinadorgrupos parlamentariosjunta de coordinacion
Art.
28

Artículo 28. Funciones de los Grupos Parlamentarios

Los Grupos Parlamentarios proporcionan información y asesoría para articular el trabajo legislativo. Este artículo detalla sus funciones en el proceso legislativo.

grupos parlamentariosfuncionestrabajo legislativo
Art.
29

Artículo 29. Recursos para Grupos Parlamentarios

La Junta de Coordinación Política asigna recursos y locales a los Grupos Parlamentarios, así como subvenciones mensuales. Este artículo regula la distribución de recursos.

recursosgrupos parlamentariosjunta de coordinacion
Art.
30

Artículo 30. Diputados Sin Partido

Los diputados que no pertenezcan a un Grupo Parlamentario serán considerados como diputados sin partido. Este artículo establece las consideraciones para su apoyo.

diputadossin partidogrupos parlamentarios
Art.
31

Artículo 31. Integracion de la Junta de Coordinacion Politica

La Junta de Coordinación Política se compone de los Coordinadores de cada Grupo Parlamentario. Su instalación es convocada por el Coordinador del grupo con mayor número de diputados, y su presidente es el que tiene la mayoría absoluta en la Cámara.

junta de coordinaciongrupos parlamentariospresidencia
Art.
32

Artículo 32. Sustitucion del Presidente de la Junta

En caso de ausencia del Presidente de la Junta, el grupo parlamentario correspondiente debe informar sobre el diputado que lo sustituirá. También se permite la sustitución temporal de los integrantes de la Junta.

sustitucionpresidenciajunta de coordinacion
Art.
33

Artículo 33. Funcion de la Junta de Coordinacion Politica

La Junta de Coordinación Política representa la pluralidad de la Cámara y busca impulsar acuerdos políticos necesarios para que el Pleno tome decisiones adecuadas. Es un órgano esencial para la dinámica legislativa.

pluralidadacuerdos politicosjunta de coordinacion
Art.
34

Artículo 34. Atribuciones de la Junta

La Junta tiene diversas atribuciones, como impulsar acuerdos legislativos, presentar proyectos al Pleno y proponer la integración de comisiones. Estas funciones son vitales para el funcionamiento de la Cámara.

atribucionesacuerdos legislativoscomisiones
Art.
34 Bis

Artículo 34 Bis. Convocatoria para designacion de Consejeros

La convocatoria para la designación de Consejeros debe incluir requisitos, reglas de consulta y plazos. Se busca garantizar un proceso transparente y paritario en la selección de los consejeros electorales.

designacionconsejeros electoralesconvocatoria
Art.
35

Artículo 35. Instalacion de la Junta

La Junta debe instalarse en la segunda sesión ordinaria al inicio de la Legislatura y sesionará al menos una vez por semana. Las decisiones se toman por mayoría absoluta mediante voto ponderado.

instalacionsesionesvoto ponderado
Art.
36

Artículo 36. Atribuciones del Presidente de la Junta

El Presidente de la Junta tiene la responsabilidad de convocar reuniones, velar por el cumplimiento de acuerdos y elaborar el anteproyecto de presupuesto anual. Su papel es fundamental en la organización de la Junta.

presidenciaatribucionespresupuesto
Art.
37

Artículo 37. Conferencia para la Direccion Legislativa

La Conferencia se integra con el Presidente de la Cámara y miembros de la Junta, y se encarga de supervisar el cumplimiento de acuerdos. Se reúne cada quince días durante los periodos de sesiones.

conferenciadireccion legislativasupervision
Art.
38

Artículo 38. Atribuciones de la Conferencia

La Conferencia establece el programa legislativo y propone nombramientos al Pleno. Sus atribuciones son esenciales para el funcionamiento de la Cámara y la organización de los trabajos legislativos.

atribucionesprograma legislativonombramientos
Art.
39

Artículo 39. Comisiones en la Camara

Las Comisiones son órganos que contribuyen al cumplimiento de las atribuciones de la Cámara mediante la elaboración de dictámenes y resoluciones. Se establecen comisiones ordinarias y especiales según sea necesario.

comisionesdictamenresoluciones
Art.
40

Artículo 40. Funciones de las Comisiones Ordinarias

Las comisiones ordinarias tienen tareas específicas y están integradas por diputados de experiencia legislativa. Se encargan de preparar proyectos de ley y dictaminar propuestas.

funcionescomisiones ordinariasproyectos de ley
Art.
41

Artículo 41. Comisiones de Investigacion

Las comisiones de investigación se constituyen de manera transitoria para ejercer facultades específicas. Su creación responde a necesidades particulares de la Cámara.

comisiones de investigaciontransitoriasfacultades
Art.
42

Artículo 42. Comisiones Especiales

El Pleno puede acordar la creación de comisiones especiales para abordar asuntos específicos. Estas comisiones se extinguirán una vez cumplido su objetivo.

comisiones especialesasuntos especificosextincion
Art.
43

Artículo 43. Integracion de Comisiones Ordinarias

Las comisiones ordinarias se constituyen al inicio de la legislatura y deben reflejar la representación proporcional de los grupos parlamentarios. Su integración es clave para el equilibrio en la Cámara.

integracioncomisiones ordinariasrepresentacion proporcional
Art.
44

Artículo 44. Obligaciones de los Miembros de Comisiones

Los miembros de las comisiones deben asistir puntualmente a las reuniones y sólo pueden faltar por causas justificadas. Se pueden establecer subcomisiones para facilitar el trabajo.

obligacionesasistenciasubcomisiones
Art.
45

Artículo 45. Solicitud de Informacion a Dependencias

Los presidentes de las comisiones ordinarias pueden solicitar información a dependencias del Ejecutivo Federal sobre asuntos de su competencia. Si no se proporciona la información, se puede presentar queja al Presidente de la República.

comisionesinformaciondependencias
Art.
46

Artículo 46. Funciones de los Comites

Los comités son órganos auxiliares de la Cámara que realizan tareas distintas a las comisiones. Se crean por acuerdo del Pleno y pueden abordar diversas funciones administrativas y políticas.

comitesplenofunciones
Art.
47

Artículo 47. Secretaria General de la Camara

La Cámara cuenta con una Secretaría General encargada de coordinar y ejecutar tareas administrativas y financieras. Esta Secretaría incluye unidades de capacitación y de igualdad de género.

secretaria generalcamaraadministracion
Art.
48

Artículo 48. Funciones de la Secretaria General

La Secretaría General supervisa los servicios de la Cámara y es responsable de la administración y cumplimiento de políticas. Su titular es nombrado por el Pleno con requisitos específicos.

secretaria generalfuncionesnombramiento
Art.
49

Artículo 49. Servicios de la Secretaria de Servicios Parlamentarios

La Secretaría de Servicios Parlamentarios proporciona apoyo técnico y administrativo a la Cámara. Incluye servicios de asistencia técnica, sesiones, comisiones y archivo.

servicios parlamentariosasistenciacomisiones
Art.
50

Artículo 50. Funciones del Secretario de Servicios Parlamentarios

El Secretario de Servicios Parlamentarios asegura la imparcialidad y coordina los servicios a su cargo. También realiza estudios sobre la organización y procedimientos de la Cámara.

secretarioservicios parlamentariosimparcialidad
Art.
51

Artículo 51. Servicios de la Secretaria de Servicios Administrativos

La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros gestiona recursos humanos, tesorería y servicios generales. Asegura la eficiencia administrativa de la Cámara.

servicios administrativosrecursos humanostesoreria
Art.
52

Artículo 52. Funciones del Secretario de Servicios Administrativos

El Secretario de Servicios Administrativos vela por el funcionamiento eficiente de los servicios administrativos y financieros de la Cámara. Asiste al Secretario General en sus funciones.

secretarioservicios administrativoseficiencia
Art.
53

Artículo 53. Contraloria Interna de la Camara

La Cámara cuenta con una Contraloría Interna encargada de auditorías y supervisión de responsabilidades administrativas. Su titular es nombrado por el Pleno.

contraloriaauditoriasresponsabilidades
Art.
54

Artículo 54. Coordinacion de Comunicacion Social

La Coordinación de Comunicación Social se encarga de difundir las actividades de la Cámara y de establecer enlaces con los medios de comunicación. Es clave para la imagen pública del Congreso.

comunicaciondifusionmedios
Art.
55

Artículo 55. Unidad de Capacitación y Formacion

La Unidad de Capacitación y Formación Permanente es responsable de la formación de los funcionarios de la Cámara. Asegura la actualización y especialización del personal.

capacitacionformacionfuncionarios
Art.
56

Artículo 56. Estatuto de las Secretarías

El Estatuto establece la organización y funcionamiento de las Secretarías y servicios de carrera en la Cámara. Define la estructura y tareas de cada unidad.

estatutoorganizacionsecretarias
Art.
57

Artículo 57. Normas para Servicios de Carrera

Las normas para la conformación de los servicios de carrera en la Cámara se basan en niveles y requisitos específicos. Aseguran el desarrollo profesional de los funcionarios.

servicios de carreranormasdesarrollo
Art.
57 BIS

Artículo 57 BIS. Designacion de Titulares de Organos Internos

La Cámara de Diputados designa a los titulares de los Órganos Internos de Control mediante voto de las dos terceras partes. Este proceso es fundamental para la supervisión de recursos.

designacionorganos internoscontrol
Art.
57 QUÁTER

Artículo 57 QUÁTER. Investigacion de faltas administrativas

La Cámara de Diputados tiene la facultad de investigar y resolver sobre faltas administrativas de los Órganos Internos de Control de organismos autónomos. Esto incluye tanto faltas no graves como graves, garantizando la separación de funciones en el proceso de investigación.

faltas administrativasorganismos autonomoscamara de diputados
Art.
57 QUINQUIES

Artículo 57 QUINQUIES. Denuncias contra organos de control

Cualquier persona puede presentar denuncias si presume que los titulares de los Órganos Internos de Control han incurrido en faltas. Las denuncias deben ir acompañadas de documentos y evidencias que las sustenten.

denunciasorganos de controltransparencia
Art.
57 TER

Artículo 57 TER. Proceso de Designacion de Titulares

El proceso de designación de los titulares de los Órganos Internos de Control incluye convocatorias abiertas y requisitos específicos. Asegura la transparencia en la selección.

procesodesignaciontransparencia
Art.
58

Artículo 58. Inventario de senadores electos

El Secretario General de Servicios Parlamentarios debe realizar un inventario de las constancias que acrediten a los senadores electos. Este proceso es clave para la correcta identificación y acceso a la sesión constitutiva.

senadores electosidentificacionsesion constitutiva
Art.
59

Artículo 59. Reunion de senadores electos

Los senadores electos se reunirán el 29 de agosto para celebrar la sesión constitutiva de la Cámara. El Secretario General notificará a los integrantes sobre esta fecha y difundirá avisos en medios de comunicación.

sesion constitutivasenadoresnotificaciones
Art.
60

Artículo 60. Mesa de Decanos

La sesión constitutiva será conducida por una Mesa de Decanos, formada por senadores electos según su antigüedad. Este mecanismo asegura un orden en la conducción de la sesión inaugural.

mesa de decanossesion constitutivaantiguedad
Art.
61

Artículo 61. Declaracion de constitucion de la Camara

El Presidente de la Mesa Directiva declarará constituida la Cámara de Senadores, lo que marca el inicio de sus funciones. También se citará para la sesión de Congreso General.

constitucion de la camaramesa directivacongreso general
Art.
62

Artículo 62. Integracion de la Mesa Directiva

La Mesa Directiva de la Cámara de Senadores se compone de un Presidente, tres vicepresidentes y cuatro secretarios, elegidos por mayoría. Esta estructura es fundamental para el funcionamiento legislativo.

mesa directivaeleccionsenadores
Art.
63

Artículo 63. Suplencias en la Mesa Directiva

El Presidente de la Mesa Directiva será suplido por el Vicepresidente correspondiente en caso de ausencias. Este mecanismo asegura la continuidad en la conducción de la Cámara.

suplenciasmesa directivacontinuidad
Art.
64

Artículo 64. Mesa Directiva en sesiones extraordinarias

La Mesa Directiva electa actuará durante los periodos de sesiones extraordinarias. Esto garantiza que la dirección de la Cámara se mantenga constante en situaciones especiales.

sesiones extraordinariasmesa directivacontinuidad
Art.
65

Artículo 65. Remocion de la Mesa Directiva

Los integrantes de la Mesa Directiva pueden ser removidos por transgresiones a la ley o acuerdos. Este proceso requiere una moción y votación nominal por parte de los senadores.

remocionmesa directivavotacion
Art.
66

Artículo 66. Facultades de la Mesa Directiva

La Mesa Directiva tiene facultades que incluyen presidir debates, formular el orden del día y asegurar la legalidad en los procedimientos. Estas atribuciones son esenciales para el funcionamiento de la Cámara.

facultadesmesa directivaorden del dia
Art.
67

Artículo 67. Presidencia de la Camara

El Presidente de la Mesa Directiva representa a la Cámara y debe priorizar el interés general. Sus atribuciones incluyen abrir sesiones y firmar leyes y decretos.

presidenciamesa directivainteres general
Art.
68

Artículo 68. Subordinacion del Presidente

El Presidente de la Cámara está subordinado al voto del Pleno, lo que asegura la democracia interna. Esta subordinación es fundamental para la toma de decisiones.

subordinacionpresidenciavoto del pleno
Art.
69

Artículo 69. Funciones de los Vicepresidentes

Los Vicepresidentes asisten al Presidente de la Cámara y lo sustituyen en ausencias. Su rol es clave para el funcionamiento continuo de la Cámara.

vicepresidentesfuncionessustitucion
Art.
70

Artículo 70. Funciones de los Secretarios

Los Secretarios de la Cámara apoyan al Presidente en la conducción de las sesiones y tienen diversas atribuciones, como pasar lista y firmar documentos. Su papel es fundamental para el orden legislativo.

secretariosfuncionesorden legislativo
Art.
71

Artículo 71. Organizacion de grupos parlamentarios

Los grupos parlamentarios son organizaciones que los senadores de igual afiliación pueden formar para mejorar el proceso legislativo. Su función es fomentar criterios comunes en las deliberaciones del Senado.

grupos parlamentariossenadoresproceso legislativo
Art.
72

Artículo 72. Constitucion de grupos parlamentarios

Los grupos parlamentarios deben estar formados por senadores de la misma afiliación y contar con al menos cinco miembros. Se requiere presentar documentación específica para su constitución ante el Secretario General de Servicios Parlamentarios.

constituciongrupos parlamentariossenadores
Art.
73

Artículo 73. Plazos para grupos parlamentarios

Los grupos parlamentarios deben entregar su documentación antes del 28 de agosto del año electoral. La constitución de los grupos se formaliza en la primera sesión ordinaria del Pleno.

plazosdocumentaciongrupos parlamentarios
Art.
74

Artículo 74. Funciones del Coordinador

El Coordinador del grupo parlamentario actúa como representante y promueve entendimientos para la elección de la Mesa Directiva. También ejerce prerrogativas y derechos establecidos por la ley.

coordinadorfuncionesmesa directiva
Art.
75

Artículo 75. Modificaciones en grupos parlamentarios

El Coordinador debe comunicar a la Mesa Directiva cualquier cambio en la integración del grupo parlamentario. Esto asegura un registro actualizado de los integrantes.

modificacionescoordinadormesa directiva
Art.
76

Artículo 76. Cohesion en grupos parlamentarios

Los grupos parlamentarios fomentan la cohesión entre sus miembros para mejorar su representación política y el cumplimiento de objetivos.

cohesionrepresentacionobjetivos
Art.
77

Artículo 77. Recursos para grupos parlamentarios

La Mesa Directiva distribuye recursos y locales adecuados a los grupos parlamentarios, basándose en el número de integrantes de cada grupo.

recursosmesa directivagrupos parlamentarios
Art.
78

Artículo 78. Senadores sin partido

Los senadores que no pertenecen a un grupo parlamentario son considerados senadores sin partido y reciben apoyo para desempeñar sus funciones.

senadoressin partidoapoyos
Art.
79

Artículo 79. Asignacion de espacios en el salon

La ocupación de espacios en el salón de sesiones se organiza para que los integrantes de cada grupo parlamentario estén ubicados de manera continua. El Presidente de la Cámara tiene la autoridad para decidir la asignación.

espaciossalon de sesionespresidente
Art.
80

Artículo 80. Junta de Coordinacion Politica

La Junta de Coordinación Política representa la pluralidad de la Cámara y busca alcanzar acuerdos para cumplir con las facultades constitucionales asignadas.

junta de coordinacionpluralidadacuerdos
Art.
81

Artículo 81. Integracion de la Junta de Coordinacion

La Junta de Coordinación Política se conforma al inicio de cada legislatura por los coordinadores de los grupos parlamentarios y otros senadores designados. Sus decisiones se toman por voto ponderado.

integracionjunta de coordinacionvoto ponderado
Art.
82

Artículo 82. Atribuciones de la Junta de Coordinacion

La Junta de Coordinación Política tiene atribuciones para impulsar acuerdos legislativos, proponer puntos de acuerdo y organizar la integración de comisiones.

atribucionesjunta de coordinacionacuerdos legislativos
Art.
83

Artículo 83. Sesiones de la Junta de Coordinacion

La Junta de Coordinación Política sesiona regularmente para tratar asuntos relevantes y puede invitar a otros senadores y funcionarios a participar.

sesionesjunta de coordinacionasuntos relevantes
Art.
84

Artículo 84. Atribuciones del Presidente de la Junta

El Presidente de la Junta de Coordinación Política tiene atribuciones para promover acuerdos y asegurar el cumplimiento de la agenda legislativa.

presidentejunta de coordinacionatribuciones
Art.
85

Artículo 85. Comisiones en la Camara de Senadores

La Cámara de Senadores contará con comisiones ordinarias y especiales para cumplir con sus funciones, incluyendo la revisión de iniciativas y procedimientos de responsabilidad.

comisionescamara de senadoresfunciones
Art.
86

Artículo 86. Funciones de las Comisiones Ordinarias

Las Comisiones ordinarias se encargan de cuestiones relacionadas con su materia y, junto con la de Estudios Legislativos, analizan y dictaminan iniciativas de leyes y decretos. Su labor es fundamental para el proceso legislativo en el Congreso.

comisionesiniciativasdictamen
Art.
87

Artículo 87. Comisiones Transitorias

La Cámara puede nombrar comisiones transitorias para abordar materias específicas o encargos concretos, asegurando una atención adecuada a los temas que lo requieran. Esto permite flexibilidad en la gestión legislativa.

comisionestransitoriaslegislación
Art.
88

Artículo 88. Comisiones Conjuntas

Se pueden crear comisiones conjuntas entre ambas Cámaras del Congreso para tratar asuntos de interés común, promoviendo la colaboración legislativa. Esto fortalece el proceso de toma de decisiones.

comisionesconjuntascolaboración
Art.
89

Artículo 89. Análisis de Iniciativas por Comisiones

La Comisión de Estudios Legislativos, junto con otras comisiones, analiza iniciativas de leyes y formula dictámenes. Este proceso es esencial para la calidad del marco legal en el país.

comisionesestudios legislativosdictámenes
Art.
90

Artículo 90. Comisiones Ordinarias Específicas

Se establece una lista de comisiones ordinarias que abordan diversas áreas, desde administración hasta medio ambiente. Cada una tiene un enfoque específico que guía su trabajo legislativo.

comisionesordinariasdiversidad
Art.
91

Artículo 91. Estructura de las Comisiones

Cada comisión contará con un presidente y dos secretarios, lo que establece una estructura clara para la toma de decisiones y la organización del trabajo legislativo. Esta estructura es vital para el funcionamiento eficiente.

comisionesestructuraorganización
Art.
92

Artículo 92. Incompatibilidad de Cargos

El Presidente y los Vicepresidentes de la Cámara no pueden formar parte de comisiones ordinarias o especiales durante su encargo, asegurando la imparcialidad en el proceso legislativo. Esta norma es clave para la ética legislativa.

incompatibilidadcargosética
Art.
93

Artículo 93. Reuniones Públicas de Comisiones

Las reuniones de las comisiones pueden ser públicas si así lo deciden sus integrantes, lo que promueve la transparencia y la participación ciudadana en el proceso legislativo. Esto es esencial para la rendición de cuentas.

reunionespúblicastransparencia
Art.
94

Artículo 94. Decisiones por Mayoría

Las comisiones toman decisiones por mayoría de votos, y los dictámenes deben ser firmados por la mayoría de sus miembros. Esto garantiza un proceso democrático en la elaboración de leyes.

decisionesmayoríadictámenes
Art.
95

Artículo 95. Modificación de Comisiones

La Cámara puede aumentar o disminuir el número de comisiones o subdividirlas según lo considere necesario para el despacho de los negocios. Esto permite una adaptación ágil a las necesidades legislativas.

modificacióncomisionesadaptabilidad
Art.
96

Artículo 96. Funcionamiento Durante Recesos

Las comisiones continuarán funcionando durante los recesos del Congreso, asegurando que los asuntos a su cargo se atiendan sin interrupciones. Esto es fundamental para la continuidad legislativa.

funcionamientorecesoscontinuidad
Art.
97

Artículo 97. Solicitud de Información a Dependencias

Los presidentes de las comisiones pueden solicitar información a dependencias del Ejecutivo Federal, lo que les permite obtener datos relevantes para sus análisis. Esta facultad es esencial para la transparencia y la rendición de cuentas.

solicitudinformacióntransparencia
Art.
98

Artículo 98. Entrevistas con Servidores Públicos

Las comisiones pueden entrevistarse con servidores públicos para obtener información adicional y pueden reunirse en conferencia con las comisiones de la Cámara de Diputados. Esto enriquece el proceso legislativo.

entrevistasservidores públicosconferencia
Art.
99

Artículo 99. Presupuesto de la Cámara

La Comisión de Administración presenta el presupuesto de la Cámara para su aprobación, incluyendo dietas y sueldos. Esto es fundamental para la correcta operación del Congreso.

presupuestoadministraciónaprobación
Art.
100

Artículo 100. Medalla Belisario Domínguez

La Cámara de Senadores celebra una sesión solemne anual para imponer la Medalla de Honor 'Belisario Domínguez' a ciudadanos destacados. Este evento resalta la importancia del reconocimiento en la vida pública.

medallareconocimientosesión solemne
Art.
100 Bis

Artículo 100 Bis. Reconocimiento Elvia Carrillo Puerto

El Senado de la República otorgará anualmente el Reconocimiento 'Elvia Carrillo Puerto' en una sesión solemne en marzo, destacando la labor de mujeres en derechos humanos y igualdad de género. Este evento contará con la presencia de diversas autoridades y organizaciones relevantes.

reconocimientoderechos humanosigualdad de genero
Art.
100 Ter

Artículo 100 Ter. Medalla de Honor Armada de México

El Senado celebrará una sesión solemne para otorgar la medalla de honor 'Armada de México' a personas destacadas en méritos académicos y cívicos, preferentemente el 4 de octubre. Este reconocimiento resalta la importancia de la Armada en la sociedad mexicana.

medalla de honorarmada de mexicoreconocimiento
Art.
101

Artículo 101. Comisión Jurisdiccional

La Comisión Jurisdiccional se conformará por 8 a 12 senadores, quienes designarán a los miembros de la sección de enjuiciamiento según la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Esta estructura es clave para la supervisión de la responsabilidad pública.

comision jurisdiccionalresponsabilidadessenadores
Art.
102

Artículo 102. Comisión de Reglamentos

La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se encargará de adecuar las normas que regulan las actividades de la Cámara. Su labor es esencial para el funcionamiento eficiente del Congreso.

comision de reglamentospracticas parlamentariasnormas
Art.
103

Artículo 103. Reglamento de Comisiones

El Reglamento establecerá los procedimientos para el despacho de trabajos de las comisiones, asegurando que los asuntos relevantes sean tratados adecuadamente. Esto es crucial para la eficiencia legislativa.

reglamentocomisionesprocedimientos
Art.
104

Artículo 104. Integración de Comisiones

Las comisiones ordinarias se formarán en el primer mes de la Legislatura, con un máximo de 15 miembros, asegurando la representación proporcional de grupos parlamentarios. Esto es clave para la pluralidad en el Congreso.

comisiones ordinariasintegracionpluralidad
Art.
105

Artículo 105. Obligaciones de los Miembros de Comisiones

Los miembros de las comisiones deben asistir puntualmente a las reuniones y pueden solicitar cambios en su adscripción. Estas reglas son esenciales para el funcionamiento efectivo de las comisiones.

obligacionesmiembros de comisionesasistencia
Art.
106

Artículo 106. Dependencias de la Cámara de Senadores

La Cámara de Senadores contará con diversas dependencias, incluyendo la Secretaría General de Servicios Parlamentarios y la Unidad Técnica para la Igualdad de Género, para apoyar sus funciones administrativas y legislativas.

dependenciascamara de senadoresservicios parlamentarios
Art.
107

Artículo 107. Propuesta de Titulares de Secretarías

Los titulares de las Secretarías Generales serán propuestos por la Mesa Directiva y electos por mayoría en el Pleno, asegurando una gestión adecuada de las funciones administrativas del Senado.

titularessecretariasmesa directiva
Art.
108

Artículo 108. Normas Administrativas Internas

Los Secretarios Generales y el Tesorero podrán formular normas administrativas internas, previa aprobación de la Mesa Directiva, para regular el funcionamiento interno de la Cámara.

normas administrativassecretarios generalesmesa directiva
Art.
109

Artículo 109. Funciones de la Secretaría General de Servicios Parlamentarios

La Secretaría General de Servicios Parlamentarios tiene múltiples funciones, incluyendo la asistencia a la Mesa Directiva y la gestión de documentos oficiales, esenciales para el funcionamiento del Senado.

secretaria generalfuncionesservicios parlamentarios
Art.
110

Artículo 110. Funciones de la Secretaría General de Servicios Administrativos

La Secretaría General de Servicios Administrativos se encargará de dirigir los servicios administrativos y gestionar recursos humanos y materiales en la Cámara. Su papel es vital para el funcionamiento interno.

secretaria administrativafuncionesservicios
Art.
111

Artículo 111. Atribuciones de la Tesorería

La Tesorería de la Cámara tiene la responsabilidad de administrar el presupuesto y hacer pagos a los senadores, asegurando la correcta aplicación de los recursos financieros.

tesoreriaatribucionespresupuesto
Art.
112

Artículo 112. Contraloría Interna

La Cámara contará con una contraloría interna para supervisar el ejercicio del presupuesto y garantizar la transparencia en la administración de recursos. Su titular será designado por el Pleno.

contraloria internasupervisionpresupuesto
Art.
113

Artículo 113. Atribuciones de la Contraloría Interna

La Contraloría Interna realizará auditorías y evaluaciones del presupuesto de la Cámara, además de gestionar quejas y denuncias sobre incumplimientos administrativos. Su función es esencial para la integridad del Senado.

atribucionescontraloria internaauditorias
Art.
114

Artículo 114. Servicio Civil de Carrera en Senado

Se establece el servicio civil de carrera para profesionalizar los servicios de apoyo parlamentario en la Cámara de Senadores. La Comisión de Estudios Legislativos elaborará el proyecto de Estatuto correspondiente.

servicio civilsenadocapacitacion
Art.
115

Artículo 115. Relaciones Laborales del Servicio Civil

Los miembros del Servicio Civil de Carrera serán considerados trabajadores de confianza y sus relaciones laborales se regirán por la Constitución y esta Ley. Se celebrarán convenios con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para garantizar prestaciones.

trabajadores de confianzaprestacionesrelaciones laborales
Art.
116

Artículo 116. Funciones de la Comisión Permanente

La Comisión Permanente es el órgano del Congreso que desempeña funciones durante los recesos del Congreso de la Unión, según lo establecido por la Constitución. Su papel es crucial para la continuidad legislativa.

comision permanentecongresofunciones
Art.
117

Artículo 117. Composición de la Comisión Permanente

La Comisión Permanente está compuesta por 37 miembros, incluyendo diputados y senadores, elegidos mediante voto secreto. Se designarán sustitutos para cubrir ausencias.

composicionvoto secretosustitutos
Art.
118

Artículo 118. Elección de la Mesa Directiva

Los miembros de la Comisión Permanente se reunirán para elegir a su Mesa Directiva el mismo día que se clausuren las sesiones ordinarias. El procedimiento de elección está claramente definido.

mesa directivaeleccionclausura
Art.
119

Artículo 119. Elección del Presidente y Vicepresidente

El Presidente y el Vicepresidente de la Comisión Permanente serán elegidos de entre los diputados y senadores para periodos específicos. Esta rotación asegura la representación equitativa.

presidentevicepresidenteeleccion
Art.
120

Artículo 120. Toma de Posesión de la Mesa Directiva

Una vez elegida, la Mesa Directiva tomará posesión de sus cargos de inmediato, y el Presidente declarará instalada la Comisión Permanente. Este acto formaliza su funcionamiento.

toma de posesionmesa directivacomision permanente
Art.
121

Artículo 121. Frecuencia de Sesiones de la Comisión

Las sesiones de la Comisión Permanente se llevarán a cabo semanalmente, con la posibilidad de convocar sesiones extraordinarias si es necesario. Esto asegura la atención continua a los asuntos legislativos.

sesionesfrecuenciacomision permanente
Art.
122

Artículo 122. Turno de Asuntos a Comisiones

Los asuntos que se presenten a la Comisión Permanente durante el receso se turnarán a las comisiones correspondientes de la Cámara. Esto garantiza un tratamiento adecuado de las iniciativas.

turnoasuntoscomisiones
Art.
123

Artículo 123. Resoluciones por Mayoría

La Comisión Permanente adoptará sus resoluciones por mayoría de votos de los miembros presentes. Este principio democrático es esencial para su funcionamiento.

resolucionesmayoriavotacion
Art.
124

Artículo 124. Trabajo Durante Periodos Extraordinarios

La Comisión Permanente no suspenderá sus trabajos durante los periodos extraordinarios, salvo en lo relacionado con el asunto convocado. Esto garantiza la continuidad legislativa.

trabajoperiodos extraordinarioscomision permanente
Art.
125

Artículo 125. Designación del Presidente Provisional

La Comisión Permanente designará un Presidente provisional en caso de falta absoluta o temporal del Presidente de la República. Esto asegura la estabilidad del gobierno.

presidente provisionalfalta absolutaestabilidad
Art.
126

Artículo 126. Ampliación de Convocatoria en Periodo Extraordinario

Si ocurre una falta del Presidente de la República durante un periodo extraordinario, la Comisión Permanente ampliará la convocatoria para nombrar un Presidente interino o sustituto. Esto es vital para la continuidad del gobierno.

ampliacionconvocatoriapresidente interino
Art.
127

Artículo 127. Comisiones para Despacho de Negocios

La Comisión Permanente podrá tener hasta tres comisiones para el despacho de los negocios de su competencia. Esto optimiza la gestión de asuntos legislativos.

comisionesdespachonegocios
Art.
128

Artículo 128. Presupuestos Durante Recesos

Durante los recesos, los presupuestos de dietas, sueldos y gastos de las Cámaras se presentarán a la Comisión Permanente para su examen y aprobación. Esto asegura la transparencia en el uso de recursos.

presupuestosdietastransparencia
Art.
129

Artículo 129. Inventarios de la Comision Permanente

La Comision Permanente debe elaborar inventarios al final de cada periodo, tanto para la Camara de Diputados como para la de Senadores. Estos inventarios incluiran documentos recibidos durante el receso del Congreso.

comision permanenteinventariosdocumentos
Art.
130

Artículo 130. Iniciativa Ciudadana

Los ciudadanos tienen el derecho de iniciar leyes o decretos con un respaldo mínimo del 0.13% de la lista nominal de electores. Este mecanismo permite que la sociedad participe activamente en el proceso legislativo.

iniciativa ciudadanaderechos ciudadanoslegislacion
Art.
131

Artículo 131. Requisitos de la Iniciativa Ciudadana

La iniciativa ciudadana debe presentarse por escrito y cumplir con varios requisitos, incluyendo la identificación de los ciudadanos proponentes. La falta de cumplimiento puede resultar en la no presentación de la iniciativa.

iniciativa ciudadanarequisitosdocumentacion
Art.
132

Artículo 132. Procedimiento de Iniciativa Ciudadana

El procedimiento para la iniciativa ciudadana incluye la verificación del Instituto Nacional Electoral y el análisis por parte de la Cámara de origen. Este proceso asegura que las iniciativas cumplan con los requisitos constitucionales.

procedimientoiniciativa ciudadanainstituto electoral
Art.
133

Artículo 133. Dictamen de Iniciativa Ciudadana

Durante el proceso de dictamen, el Presidente de la comisión debe convocar al representante de los ciudadanos para que exponga su propuesta. Sin embargo, sus opiniones no son vinculantes.

dictameniniciativa ciudadanacomision
Art.
134

Artículo 134. Iniciativa Preferente

La iniciativa preferente es presentada por el Presidente de la República y tiene un tratamiento legislativo acelerado. Este tipo de iniciativa conserva su carácter preferente durante todo el proceso.

iniciativa preferentepresidencialegislacion
Art.
135

Artículo 135. Limitaciones de la Iniciativa Preferente

Las iniciativas de reforma a la Constitución no pueden tener carácter preferente, aunque pueden abarcar otros temas conexos. Esto establece un límite claro en el uso de esta figura.

iniciativa preferenteconstitucionlimitaciones
Art.
136

Artículo 136. Presentacion de Iniciativas Preferentes

El Presidente puede presentar hasta dos iniciativas preferentes al inicio de cada periodo ordinario. Estas iniciativas deben ser discutidas y votadas en un plazo máximo de 30 días.

iniciativa preferenteplazospresidencia
Art.
137

Artículo 137. Minutas de Iniciativas Preferentes

Las minutas sobre iniciativas preferentes deben ser dictaminadas en un plazo de 30 días por la Cámara revisora. El incumplimiento de este plazo tiene consecuencias específicas.

minutasiniciativas preferentesplazos
Art.
138

Artículo 138. Plazos para Minutas Preferentes

Las minutas sobre iniciativas preferentes deben discutirse y votarse en un plazo de 15 días en la Cámara revisora. Este plazo es improrrogable y tiene implicaciones importantes.

minutasiniciativas preferentesplazos
Art.
139

Artículo 139. Difusion de Actos del Congreso

El Congreso de la Unión debe difundir ampliamente los actos que realicen las Cámaras para cumplir con sus funciones. Esta difusión es clave para la transparencia y la rendición de cuentas.

difusiontransparenciacongreso
Art.
140

Artículo 140. Canal de Television del Congreso

El Congreso contará con un Canal de Televisión para difundir su actividad legislativa y contribuir al debate público. Este canal operará bajo regulaciones específicas.

canal de televisiondifusioncongreso
Art.
141

Artículo 141. Comision Bicamaral del Canal

Se establece una Comisión Bicamaral para la conducción del Canal de Televisión del Congreso, que estará integrada por diputados y senadores. Esta Comisión supervisará las actividades del Canal.

comision bicamaralcanal de televisionsupervision
Art.
142

Artículo 142. Diario de los Debates

Cada Cámara tendrá un Diario de los Debates donde se publicarán los detalles de las sesiones. Este Diario es fundamental para la transparencia y el acceso a la información.

diario de los debatestransparenciasesiones
Art.
143

Artículo 143. Sistema de Bibliotecas del Congreso

El Congreso tendrá un Sistema de Bibliotecas que apoyará las funciones de las Cámaras y sus Comisiones. Este sistema contribuirá al acceso a la información pública.

sistema de bibliotecasinformacioncongreso
Art.
144

Artículo 144. Instituciones de investigacion legislativa

Las Cámaras del Congreso pueden establecer instituciones de investigación jurídica y legislativa para mejorar la información y la realización de sus trabajos. Este artículo destaca la importancia de contar con recursos adecuados para el desempeño legislativo.

congresoinvestigacionlegislativa

¿Dudas sobre algún artículo del LOCGEUM?

Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.

Consulta Sin Costo