LOCGEUM

Artículo 39. Comisiones en la Camara

Las Comisiones son órganos que contribuyen al cumplimiento de las atribuciones de la Cámara mediante la elaboración de dictámenes y resoluciones. Se establecen comisiones ordinarias y especiales según sea necesario.

comisionesdictamenresoluciones

Texto Legal

1. Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2. La Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Párrafo reformado DOF 02-05-2013

Las comisiones ordinarias serán:

I.- Asuntos Frontera Norte;

II.- Asuntos Frontera Sur;

III.- Asuntos Migratorios;

IV.- Atención a Grupos Vulnerables;

V.- Bienestar;

VI.- Cambio Climático y Sostenibilidad;

VII.- Ciencia, Tecnología e Innovación;

VIII.- Comunicaciones y Transportes;

IX.- Cultura y Cinematografía;

X.- Defensa Nacional;

XI.- Deporte;

XII.- Derechos de la Niñez y Adolescencia;

XIII.- Derechos Humanos;

XIV.- Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial;

XV.- Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola Autosuficiencia Alimentaria;

XVI.- Diversidad;

XVII.- Economía, Comercio y Competitividad;

XVIII.- Economía Social y Fomento del Cooperativismo;

XIX.- Educación;

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XX.- Energía;

XXI.- Federalismo y Desarrollo Municipal;

XXII.- Ganadería;

XXIII.- Gobernación y Población;

XXIV.- Hacienda y Crédito Público;

XXV.- Igualdad de Género;

XXVI.- Infraestructura;

XXVII.- Justicia;

XXVIII.- Juventud;

XXIX.- Marina;

XXX.- Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XXXI.- Movilidad;

XXXII.- Pesca;

XXXIII.- Presupuesto y Cuenta Pública;

XXXIV.- Protección Civil y Prevención de Desastres;

XXXV.- Pueblos Indígenas y Afromexicanos;

XXXVI.- Puntos Constitucionales;

XXXVII.- Radio y Televisión;

XXXVIII.- Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento;

XXXIX.- Reforma Política-Electoral;

XL.- Relaciones Exteriores;

XLI.- Salud;

XLII.- Seguridad Ciudadana;

XLIII.- Seguridad Social;

XLIV.- Trabajo y Previsión Social;

XLV.- Transparencia y Anticorrupción;

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XLVI.- Turismo;

XLVII.- Vivienda, y

XLVIII.- Zonas Metropolitanas. Párrafo adicionado DOF 02-05-2013. Fracciones reformadas DOF 02-05-2013, 04-10-2016, 05-10-2018. Párrafo con fracciones reformado DOF 06-10-2021 Numeral reformado DOF 09-10-2000, 29-09-2003, 23-01-2006, 05-12-2006, 08-10-2012, 17-10-2012

3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por los artículos 26, apartado A, párrafo cuarto y 93, párrafo primero de la Constitución, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencia y entidades de la Administración Pública Federal. Numeral reformado DOF 28-12-2017

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las comisiones son fundamentales para el proceso legislativo. Los contadores deben estar al tanto de sus actividades, ya que influyen en la creación de leyes y regulaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LOCGEUM?

Las Comisiones son órganos que contribuyen al cumplimiento de las atribuciones de la Cámara mediante la elaboración de dictámenes y resoluciones. Se establecen comisiones ordinarias y especiales según sea necesario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] Las comisiones son fundamentales para el proceso legislativo. Los contadores deben estar al tanto de sus actividades, ya que influyen en la creación de leyes y regulaciones.

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