La Cámara de Senadores contará con diversas dependencias, incluyendo la Secretaría General de Servicios Parlamentarios y la Unidad Técnica para la Igualdad de Género, para apoyar sus funciones administrativas y legislativas.
1. La Cámara de Senadores, para el desahogo de sus tareas legislativas y administrativas, contará con las siguientes dependencias:
a) Una Secretaría General de Servicios Parlamentarios
b) Una Secretaría General de Servicios Administrativos, de la que dependerá la Tesorería de la Cámara, y
c) Las unidades administrativas que acuerde la Mesa Directiva, las que dependerán de ésta.
d) Se crea la Unidad Técnica para la Igualdad de Género, adscrita a la Mesa Directiva del Senado de la República. La Comisión para la Igualdad de Género supervisará el cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y el Programa para la Igualdad de Género del Senado de la República, además, contará con la estructura administrativa necesaria y el presupuesto suficiente para el cumplimiento de sus funciones. Inciso adicionado DOF 07-12-2017
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La estructura administrativa es crucial para el funcionamiento del Senado, y es importante que los legisladores comprendan cómo interactuar con estas dependencias.
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