LOCGEUM

Artículo 110. Funciones de la Secretaría General de Servicios Administrativos

La Secretaría General de Servicios Administrativos se encargará de dirigir los servicios administrativos y gestionar recursos humanos y materiales en la Cámara. Su papel es vital para el funcionamiento interno.

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Texto Legal

1. La Secretaría General de Servicios Administrativos tiene a su cargo las siguientes atribuciones:

a) Encabezar y dirigir los servicios administrativos, a fin de que éstos se desempeñen con eficacia;

b) Conducir las relaciones de trabajo establecidas con el personal de base de la Cámara; y

c) Administrar los recursos humanos y materiales, así como los servicios generales, de informática, jurídicos y de seguridad de la Cámara.

Sección Tercera De la Tesorería y la Contraloría

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La gestión eficiente de los recursos administrativos es fundamental para el buen funcionamiento del Senado, lo que puede influir en la calidad del trabajo legislativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del LOCGEUM?

La Secretaría General de Servicios Administrativos se encargará de dirigir los servicios administrativos y gestionar recursos humanos y materiales en la Cámara. Su papel es vital para el funcionamiento interno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] La gestión eficiente de los recursos administrativos es fundamental para el buen funcionamiento del Senado, lo que puede influir en la calidad del trabajo legislativo.

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