El Congreso y sus Cámaras operan bajo la Constitución y esta ley, sin necesidad de intervención presidencial. Esto asegura la autonomía legislativa y la independencia de las Cámaras.
1. El Congreso y las Cámaras que lo componen tendrán la organización y funcionamiento que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta ley, las reglas de funcionamiento del Congreso General y de la Comisión Permanente, así como los reglamentos y acuerdos que cada una de ellas expida sin la intervención de la otra. Numeral reformado DOF 30-12-2004
2. Esta Ley y sus reformas y adiciones no necesitarán de promulgación del Presidente de la República, ni podrán ser objeto de veto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La independencia del Congreso es fundamental para el equilibrio de poderes. Es importante que los profesionales del derecho comprendan esta autonomía para asesorar en temas de legislación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo