LOCGEUM

Artículo 125. Designación del Presidente Provisional

La Comisión Permanente designará un Presidente provisional en caso de falta absoluta o temporal del Presidente de la República. Esto asegura la estabilidad del gobierno.

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Texto Legal

1. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión designará al Presidente provisional en los casos de falta absoluta o temporal del Presidente de la República durante el receso de las Cámaras. En la misma sesión resolverá convocar al Congreso General a un periodo extraordinario de sesiones, para el efecto de que se designe Presidente interino o sustituto. La convocatoria no podrá ser vetada por el Presidente provisional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La designación de un Presidente provisional es un mecanismo clave para mantener la estabilidad gubernamental. Los legisladores deben estar familiarizados con este procedimiento para actuar con rapidez si es necesario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del LOCGEUM?

La Comisión Permanente designará un Presidente provisional en caso de falta absoluta o temporal del Presidente de la República. Esto asegura la estabilidad del gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] La designación de un Presidente provisional es un mecanismo clave para mantener la estabilidad gubernamental. Los legisladores deben estar familiarizados con este procedimiento para actuar con rapidez si es necesario.

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