El Coordinador del grupo parlamentario actúa como representante y promueve entendimientos para la elección de la Mesa Directiva. También ejerce prerrogativas y derechos establecidos por la ley.
1. El Coordinador del grupo parlamentario será su representante para todos los efectos y, en tal carácter, promoverá los entendimientos necesarios para la elección de los integrantes de la Mesa Directiva y participará con voz y voto en la Junta de Coordinación Política; asimismo, ejercerá las prerrogativas y derechos que este ordenamiento otorga a los grupos parlamentarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] El rol del Coordinador es crucial para la cohesión y efectividad del grupo parlamentario. Debe ser un líder capaz de negociar y representar los intereses de sus miembros en el Senado.
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