LOCGEUM

Artículo 54. Coordinacion de Comunicacion Social

La Coordinación de Comunicación Social se encarga de difundir las actividades de la Cámara y de establecer enlaces con los medios de comunicación. Es clave para la imagen pública del Congreso.

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Texto Legal

1. La Coordinación de Comunicación Social tiene a su cargo la difusión de las actividades de la Cámara, sirve de enlace con los medios de comunicación, y es responsable del programa de publicaciones. La Coordinación depende de la Presidencia de la Mesa Directiva. Su organización y

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

funciones, así como la designación de su titular y del personal que la integre, se rige por lo dispuesto en el Estatuto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La comunicación efectiva es esencial para la percepción pública del Congreso. Los contadores y abogados deben considerar el impacto de la comunicación en la gestión de la imagen institucional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LOCGEUM?

La Coordinación de Comunicación Social se encarga de difundir las actividades de la Cámara y de establecer enlaces con los medios de comunicación. Es clave para la imagen pública del Congreso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] La comunicación efectiva es esencial para la percepción pública del Congreso. Los contadores y abogados deben considerar el impacto de la comunicación en la gestión de la imagen institucional.

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