LOCGEUM

Artículo 41. Comisiones de Investigacion

Las comisiones de investigación se constituyen de manera transitoria para ejercer facultades específicas. Su creación responde a necesidades particulares de la Cámara.

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Texto Legal

1. Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las comisiones de investigación pueden ser un mecanismo poderoso para abordar temas específicos. Es importante que los abogados estén atentos a sus resultados y recomendaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LOCGEUM?

Las comisiones de investigación se constituyen de manera transitoria para ejercer facultades específicas. Su creación responde a necesidades particulares de la Cámara.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] Las comisiones de investigación pueden ser un mecanismo poderoso para abordar temas específicos. Es importante que los abogados estén atentos a sus resultados y recomendaciones.

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