LOCGEUM

Artículo 68. Subordinacion del Presidente

El Presidente de la Cámara está subordinado al voto del Pleno, lo que asegura la democracia interna. Esta subordinación es fundamental para la toma de decisiones.

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Texto Legal

1. El Presidente de la Cámara estará subordinado en sus decisiones al voto del Pleno. Este voto será consultado cuando lo solicite algún senador, en cuyo caso se requerirá que al menos cinco senadores se adhieran a dicha solicitud. El trámite para que el Pleno resuelva acerca de la misma será establecido en el Reglamento.

Sección Cuarta De los Vicepresidentes y de los Secretarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La subordinación del Presidente al voto del Pleno es un principio democrático que debe ser respetado. Los abogados deben estar atentos a cómo se aplica este principio en la práctica legislativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LOCGEUM?

El Presidente de la Cámara está subordinado al voto del Pleno, lo que asegura la democracia interna. Esta subordinación es fundamental para la toma de decisiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY Orgánica del Congreso?

[IA] La subordinación del Presidente al voto del Pleno es un principio democrático que debe ser respetado. Los abogados deben estar atentos a cómo se aplica este principio en la práctica legislativa.

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