LFGR

LEY de la Fiscalía General de la República

La Ley de la Fiscalia General de la Republica regula la organizacion, funcionamiento y atribuciones de la Fiscalia General, estableciendo un marco normativo para su operacion en la persecucion de delitos y la administracion de justicia penal. Esta ley aplica a los servidores publicos que integran la Fiscalia, asi como a los ciudadanos que interactuan con esta institucion. Entre los temas principales que cubre se encuentran las disposiciones generales, las facultades y atribuciones de la Fiscalia, el regimen de responsabilidades y las disposiciones financieras. Su importancia radica en que proporciona un marco claro y estructurado para el ejercicio de la funcion fiscal, lo que es fundamental para abogados, contadores y ciudadanos, ya que garantiza la transparencia, la rendicion de cuentas y la eficacia en la procuracion de justicia.

Publicado: 20 de mayo de 2021|Última reforma: 14 de noviembre de 2025| PDF oficial

Estructura

101 artículos totales · 58 artículos clave analizados

Artículos (101)

Art.
1

Artículo 1. Caracter reglamentario y observancia general

Establece que la Ley es reglamentaria del Apartado A del articulo 102 Constitucional y tiene caracter de orden publico, interes social y observancia general en todo el territorio nacional.

fiscalia generalorden publicoconstitucion mexicana
Art.
2

Artículo 2. Organizacion de Ministerio Publico Federal

Define que el Ministerio Publico de la Federacion se organiza como Fiscalia General de la Republica, organo autonomo con personalidad juridica y patrimonio propio, ejerciendo facultades por orden publico e interes social.

ministerio publicofiscalia generalorgano autonomo
Art.
3

Artículo 3. Objeto y alcance de la Ley

Precisa que el objeto de la Ley es establecer integracion, estructura, funcionamiento y atribuciones de la Fiscalia General, organizacion y responsabilidades del Ministerio Publico Federal conforme a facultades constitucionales.

objeto legalestructura organicaministerio publico
Art.
4

Artículo 4. Principios rectores de servidores publicos

Enumera catorce principios fundamentales que rigen a los servidores publicos de la FGR incluyendo autonomia, legalidad, objetividad, profesionalismo, derechos humanos, perspectiva de genero y proteccion integral de niñez.

principiosservidores publicosderechos humanos
Art.
5

Artículo 5. Competencias y facultades del MP Federal

Asigna al Ministerio Publico Federal competencias en investigacion, persecucion de delitos federales, extincion de dominio, intervencion en procedimientos constitucionales y proteccion de derechos humanos de imputados y victimas.

competenciaspersecucion de delitosextincion de dominio
Art.
6

Artículo 6. Independencia y criterio de objetividad

Establece que agentes del Ministerio Publico ejercen funciones con independencia y autonomia, dirigiendo investigaciones bajo criterio de objetividad, analizando hechos que prueben o atenuen responsabilidad penal.

independenciaobjetividadministerio publico
Art.
7

Artículo 7. Auxilio de policias e investigadores

Autoriza al Ministerio Publico Federal auxiliarse de policias incluyendo Guardia Nacional, investigadores, peritos y analistas que actuaran bajo su mando y conduccion, en terminos constitucionales y legales.

policia federal ministerialinvestigacionestructura policial
Art.
8

Artículo 8. Designacion del Fiscal General periodo

Establece que el Fiscal General dura nueve años en cargo, designado conforme al Apartado A del articulo 102 Constitucional, con aplicacion de principio de paridad en genero en listas y terna de candidatos.

fiscal generaldesignacionperiodo
Art.
9

Artículo 9. Definiciones y glosario normativo

Proporciona definiciones de terminos clave utilizados en la Ley incluyendo Constitucion, Codigo Nacional, Estatuto organico, Fiscalia General, Ministerio Publico y Policias.

definicionesglosario legalterminos
Art.
10

Artículo 10. Facultades generales de Fiscalia General

Enumera dieciocho facultades institucionales incluyendo coordinacion con autoridades, participacion en sistemas nacionales, capacitacion de personal, evaluacion de resultados, bases de informacion, publicidad y colaboracion internacional.

facultades institucionalescoordinacionevaluacion
Art.
11

Artículo 11. Estructura organica de Fiscalia General

Detalla quince componentes estructurales de la FGR incluyendo Fiscal General, nueve Fiscalias Especializadas, Agencia de Investigacion Criminal, Mecanismos Alternativos, Oficalia Mayor, Organo de Control e Instituto Nacional de Ciencias Penales.

estructura organicafiscalias especializadasorganos administrativos
Art.
12

Artículo 12. Facultades de titulares de Fiscalias

Otorga a titulares de Fiscalias Especializadas facultades de organizacion, coordinacion, supervisión, acuerdos internacionales, reportes anuales, mecanismos de integridad investigativa y articulacion con instancias estatales y internacionales.

autoridades fiscalescoordinacionintegridad investigativa
Art.
13

Artículo 13. Competencias de Fiscalias Especializadas

Define competencias especificas de seis Fiscalias Especializadas en Control Competencial, Control Regional, Delincuencia Organizada, Delitos Electorales, Combate a Corrupcion y Derechos Humanos, con autonomia tecnica y de gestion.

competencias especialesautonomia tecnicadelincuencia organizada
Art.
14

Artículo 14. Agencia de Investigacion Criminal

Establece que la Agencia es responsable de operacion, investigacion e inteligencia criminal, coordina Policia Federal Ministerial y personal especializado, e incluye unidad de sistematizacion y analisis de informacion delictiva.

investigacion criminalinteligenciasistematizacion de informacion
Art.
15

Artículo 15. Mecanismos alternativos solucion controversias

Define que el Organo Especializado es responsable de aplicar mecanismos alternativos de solucion de controversias en materia penal conforme a Ley Nacional en la materia.

mecanismos alternativosjusticia restaurativasolucion de controversias
Art.
16

Artículo 16. Oficalia Mayor administracion recursos

Designa a la Oficalia Mayor como responsable de administracion y gestion de recursos humanos, materiales, financieros e informacion administrativa de la institucion.

administracionrecursosgestion financiera
Art.
17

Artículo 17. Instituto Nacional Ciencias Penales

Crea Instituto con personalidad juridica propia, autonomia tecnica y de gestion, para impartir educacion superior, capacitacion profesional, investigacion academica y contribuir a politicas de justicia penal y seguridad.

educacion superiorcapacitacioninvestigacion academica
Art.
18

Artículo 18. Autoridad jerarquica del Fiscal General

Establece que Fiscal General ejerce autoridad jerarquica sobre personal de fiscalias y unidades, garantizando independencia del Ministerio Publico, con requisitos minimos de elegibilidad incluyendo ciudadania, edad, titulo profesional y buena reputacion.

autoridad jerarquicarequisitoselegibilidad
Art.
19

Artículo 19. Facultades Fiscal General amplias

Otorga cuarenta y ocho facultades al Fiscal General incluyendo direccion de politica, vigilancia de operaciones, expedicion de estatutos, nombramiento de titulares, representacion institucional y participacion en sistemas nacionales de seguridad.

facultades ejecutivasautoridad administrativacontrol institucional
Art.
20

Artículo 20. Atribuciones indelegables Fiscal General

Especifica diez atribuciones que no pueden delegarse incluyendo direccion de politica, expedicion de estatutos, nombramiento de titulares, comparecencia ante Congreso e informe anual de actividades con detalles de ejercicio de acciones penales.

atribuciones indelegablesrendicion de cuentasinforme anual
Art.
21

Artículo 21. Suplencia del titular de Fiscalia General

Establece que el titular de la Fiscalia Especializada de Control Competencial suple al Fiscal General en ausencias temporales y asume temporalmente el cargo en ausencias definitivas, notificando al Senado. Las funciones de servidores publicos se ejercen por el inmediato inferior conforme la naturaleza del asunto.

fiscalia generalsuplenciaausencias
Art.
22

Artículo 22. Procedimiento en delitos imputados al Fiscal General

Define el procedimiento cuando se imputa un delito al Fiscal General: el suplente conoce la denuncia y conduce la investigacion, y decide sobre el inicio del procedimiento para declaracion de procedencia ante la Camara de Diputados.

fiscal generaldelitosinvestigacion
Art.
23

Artículo 23. Representacion del Fiscal General ante autoridades

El Fiscal General tiene representacion ante autoridades judiciales, administrativas y del trabajo a traves de persona autorizada o agentes del Ministerio Publico segun determine el Estatuto organico o el caso concreto.

representacion legalministerio publicoautoridades judiciales
Art.
24

Artículo 24. Causas graves para remocion del Fiscal General

El Fiscal General solo puede ser removido por el Ejecutivo Federal por causas graves conforme Ley General de Responsabilidades Administrativas, delitos que ameriten prision preventiva oficiosa, perder ciudadania mexicana, incapacidad permanente o violaciones graves a Constitucion. Requiere acreditacion ante Senado.

remocionfiscal generalcausas graves
Art.
25

Artículo 25. Unidades especializadas y autonomia tecnica

El Fiscal General puede crear unidades para investigacion de delitos federales con autonomia tecnica y de gestion interior, pero sujetas a jerarquia institucional y obligaciones legales. Se prohibe duplicacion de funciones conforme Plan Estrategico.

unidades administrativasautonomia tecnicajerarquia
Art.
26

Artículo 26. Nombramiento y remocion de titulares de unidades

Los titulares de unidades administrativas de la Fiscalia General son nombrados y removidos conforme requisitos de leyes aplicables y Estatuto organico.

nombramientoremocionunidades administrativas
Art.
27

Artículo 27. Publicacion del Estatuto organico y disposiciones

El Estatuto organico, acuerdos y delegaciones de facultades del Fiscal General se publican gratuitamente en Diario Oficial de Federacion. Demas disposiciones normativas se publican en medio interno establecido por Estatuto.

publicacionestatuto organicotransparencia
Art.
28

Artículo 28. Modelo de gestion y persecucion penal

La Fiscalia General define politicas de persecucion penal diferenciadas por baja y alta complejidad, con ajuste a Estatuto organico y principios legales. Especifica competencia, distribucion, recursos y temporalidad de investigaciones.

politica penalgestioncomplejidad
Art.
29

Artículo 29. Equipos de investigacion y litigacion

Agentes del Ministerio Publico ejercen funciones individualmente o en equipos de investigacion y litigacion. Estos equipos organizan estrategia penal, aplican soluciones alternas, privilegian celeridad y pueden conformarse en equipos mixtos con otras fiscalias de entidades federativas.

equipos investigacionlitigacionministerio publico
Art.
30

Artículo 30. Ventanilla unica de atencion y seguimiento

La Fiscalia General establece ventanilla unica que registra, da seguimiento y canaliza asuntos conforme modelo de gestion sujeto a politica de priorizacion del Plan Estrategico de Procuracion de Justicia.

ventanilla unicagestionatencion
Art.
31

Artículo 31. Sistema institucional de evaluacion de resultados

Establece sistema de captura de datos de investigacion, judicializacion y litigacion para analizar actividades, generar indicadores de desempeño, identificar necesidades y productos estadisticos. Incluye gobierno de informacion, inteligencia y seguridad de datos.

evaluacionindicadoresestadisticas
Art.
32

Artículo 32. Organizacion regional de la Fiscalia General

La Fiscalia General cuenta con coordinacion regional a traves de unidades en circunscripciones territoriales establecidas por necesidad. Dependen administrativamente de area central especializada y se coordinan para garantizar unidad de actuacion.

coordinacion regionalterritoriosjerarquia administrativa
Art.
33

Artículo 33. Colaboracion y auxilio de autoridades e instituciones

Todas las autoridades de los tres ordenes de gobierno y personas particulares deben brindar colaboracion inmediata y fundada que solicite el Ministerio Publico Federal. El incumplimiento genera responsabilidad administrativa o penal y requerimiento al superior.

colaboracionauxilioautoridades
Art.
34

Artículo 34. Acceso a bases de datos reservadas y confidenciales

Autoridades de los tres ordenes que tengan registros, bases de datos o documentacion reservada o confidencial deben proporcionarla inmediatamente al Ministerio Publico Federal. El Ministerio Publico mantiene la clasificacion previa y preserva secreto durante investigacion y juicio.

informacion reservadabases datosconfidencialidad
Art.
35

Artículo 35. Obligacion de particulares de colaborar con Ministerio Publico

Personas particulares deben colaborar proporcionando datos, informacion y documentacion al Ministerio Publico Federal conforme Constitucion y Codigo Nacional. Incumplimiento genera responsabilidad establecida en ley.

colaboracionparticularesobligacion legal
Art.
36

Artículo 36. Coordinacion y colaboracion de autoridades

La Fiscalia General y autoridades del articulo 34 se coordinan y colaboran dentro de competencias y autonomias constitucionales para cumplimiento de facultades respectivas.

coordinacioncolaboracionautonomia constitucional
Art.
37

Artículo 37. Responsabilidad por incumplimiento de colaboracion

Personas servidoras publicas que contravengan disposiciones sobre colaboracion e informacion son sujetas de responsabilidad administrativa, penal o cualquier otra que corresponda.

responsabilidadincumplimientocolaboracion
Art.
38

Artículo 38. Sistema informativo nacional interoperable de criminal

Fiscalia General diseña sistema informatico nacional interoperable con procuraduria y fiscalias estatales para compartir informacion sobre investigaciones, fenomenos criminales, perfiles geneticos, biometria y analisis. Todos los entes publicos alimentan datos fidedignamente.

sistema informaticointeroperabilidadbases datos
Art.
39

Artículo 39. Personal de la Fiscalía General

La Fiscalía General contará con un equipo diverso que incluye agentes del Ministerio Público, peritos y personal administrativo. Este artículo establece la estructura del personal necesario para cumplir con las funciones legales de la institución.

fiscalia generalpersonalfunciones
Art.
40

Artículo 40. Facultades del Ministerio Público

Este artículo detalla las facultades de los agentes del Ministerio Público de la Federación, incluyendo la investigación de delitos y la protección de los derechos de las víctimas. Es fundamental para entender el alcance de su autoridad en el proceso penal.

ministerio publicofacultadesinvestigacion
Art.
41

Artículo 41. Facultades de la Policia Federal Ministerial

Articulo que establece las facultades de investigacion de la Policia Federal Ministerial bajo conduccion del Ministerio Publico, incluyendo tecnicas de investigacion, preservacion de indicios, intervenciones de comunicaciones autorizadas y operaciones encubiertas.

policia federal ministerialinvestigacionindicios
Art.
42

Artículo 42. Facultades de Personas Peritas

Define las facultades de los peritos para emitir dictamenes, procesar lugares de hechos, mantener bancos de datos criminalistas y asegurar integridad de evidencia bajo conduccion del Ministerio Publico.

peritosdictamenescadena de custodia
Art.
43

Artículo 43. Autonomia Tecnica de Peritos

Garantiza que los peritos mantienen libertad y autonomia tecnica en la emision de sus dictamenes, opiniones e informes, sin interferencia de solicitudes del Ministerio Publico o policias.

autonomia tecnicaperitosindependencia
Art.
44

Artículo 44. Padron de Personas Peritas

Establece que la unidad administrativa de servicios periciales mantiene un padron de peritos profesionales y expertos destacados en diversas areas del conocimiento, ciencias, artes, tecnicas u oficios.

padron de peritosservicios pericialesprofesionales
Art.
45

Artículo 45. Facultades de Personas Analistas

Detalla facultades de analistas para generar inteligencia, analizar expedientes, crear mapas criminales, mantener bancos de datos delincuencial y reportes estrategicos sobre criminalidad.

analistasinteligenciabancos de datos
Art.
46

Artículo 46. Facultades de Personas Facilitadoras

Establece facultades de facilitadores en mecanismos alternativos de solucion de controversias, incluyendo vigilancia de derechos, imparcialidad, confidencialidad y aseguramiento de reparacion del danio.

mecanismos alternativosfacilitadoressolucion de controversias
Art.
47

Artículo 47. Obligaciones Generales de Servidores Publicos

Establece obligaciones fundamentales de personal de Fiscalia: respeto a derechos humanos, cumplimiento diligente, secreto profesional, auxilio a victimas, imparcialidad y prohibiciones de incompatibilidades.

obligacionesderechos humanosconfidencialidad
Art.
48

Artículo 48. Obligaciones Especificas de Policia, Peritos y Analistas

Impone obligaciones adicionales a policia federal ministerial, peritos y analistas: registro de actividades, remision de informacion, apoyo a autoridades, ejecucion de mandamientos y uso racional de fuerza.

obligacionespolicia federal ministerialperitos
Art.
49

Artículo 49. Sanciones por Incumplimiento de Obligaciones

Establece que el incumplimiento de obligaciones de articulos 47 y 48 genera procedimiento y sanciones correspondientes segun ley aplicable.

sancionesincumplimientoprocedimiento disciplinario
Art.
50

Artículo 50. Relaciones Laborales y Administrativas

Define ramificacion de relaciones juridicas entre Fiscalia y personal: servicio profesional carrera sustantiva, titulares de fiscalias especializadas y carrera administrativa, con requisitos diferenciados.

relaciones laboralesservicio profesional carreradesignacion
Art.
51

Artículo 51. Bases del Servicio Profesional de Carrera

Otorga facultad a titular de Fiscalia para establecer en Estatuto las bases y procedimientos del servicio profesional de carrera bajo principios de merito, perspectiva y paridad de genero.

servicio profesional carrerameritoparidad de genero
Art.
52

Artículo 52. Integracion del Servicio Profesional de Carrera

Establece que servicio profesional de carrera integra todas personas servidoras publicas divididas en rama sustantiva y administrativa, incluyendo MP, policias, peritos, analistas y facilitadores.

servicio profesional carrerarama sustantivarama administrativa
Art.
53

Artículo 53. Objeto y Etapas del Servicio Profesional

Define objeto del servicio profesional carrera: estimular desarrollo profesional, propiciar estabilidad, reforzar compromiso etico. Establece cuatro etapas: ingreso, desarrollo, terminacion y sancion.

servicio profesional carreraetapasingreso
Art.
54

Artículo 54. Procesos de Evaluacion y Control de Confianza

Requiere que servidores publicos aprueben evaluaciones periodicas de control de confianza, competencias profesionales y desempenio, incluyendo examenes socioeconomi, medico, psicometrico, poligraficos y toxicologicos.

evaluacioncontrol de confianzacompetencias
Art.
55

Artículo 55. Certificacion de Servidores Publicos

Establece que personas que aprueban evaluaciones obtienen certificacion acreditando que cubren perfil del puesto y competencias requeridas para cumplir principios constitucionales y legales.

certificacionperfil de puestocompetencias
Art.
56

Artículo 56. Requisitos de Ingreso y Permanencia General

Establece requisitos generales para ingresar y permanecer en servicio profesional carrera: ciudadania, titulo profesional, no condena por delito doloso, buena conducta, aprobar evaluaciones y mantener certificacion.

requisitos de ingresopermanenciaciudadania
Art.
57

Artículo 57. Requisitos Especiales para Agentes del Ministerio Publico

Ademas de requisitos generales, MP requiere: titulo de abogado, minimo un ano de experiencia profesional, acreditar examen de oposicion y aprobar formacion permanente.

ministerio publicoabogadoexamen de oposicion
Art.
58

Artículo 58. Requisitos para Policia, Peritos, Analistas y Facilitadores

Requisitos especiales para policia federal ministerial, peritos, analistas y facilitadores: titulo legalmente expedido, examen de oposicion, capacitacion inicial, no antecedentes de recomendaciones por derechos humanos.

policia federal ministerialperitosanalistas
Art.
59

Artículo 59. Requisitos para Personal Administrativo

Requisitos para personal especializado, profesional, tecnico y administrativo: acreditar reclutamiento, aprobar evaluaciones de control de confianza y competencias, mantener certificacion vigente.

personal administrativoespecializadotecnico
Art.
60

Artículo 60. Examen de Oposicion para Ingreso

Examen de oposicion para ingreso a funciones sustantivas incluye dos etapas (oral y escrita) ante Instituto Nacional de Ciencias Penales, calificacion minima aprobatoria de 7.0, sin posibilidad de recurso.

examen de oposicioninstituto nacional ciencias penalescalificacion
Art.
61

Artículo 61. Causas de terminación del personal

El artículo enumera las causas por las cuales puede terminar la relación laboral del personal de la Fiscalía General. Esto incluye renuncia, incapacidad y destitución, entre otros.

terminacionpersonalfiscalia
Art.
62

Artículo 62. Indemnización por despido injustificado

Este artículo establece las condiciones para la indemnización en caso de despido injustificado del personal de la Fiscalía General. Incluye detalles sobre el cálculo de la indemnización.

indemnizaciondespidofiscalia
Art.
63

Artículo 63. Entrega de documentos al finalizar relación laboral

Al concluir la relación laboral, el personal de la Fiscalía debe entregar toda la documentación y recursos bajo su responsabilidad. Este procedimiento es esencial para la correcta administración de la institución.

entregadocumentacionfiscalia
Art.
64

Artículo 64. Consecuencias por incumplimiento de requisitos

El incumplimiento de los requisitos de permanencia en la Fiscalía General puede resultar en la separación del cargo. Este artículo establece el procedimiento para tales situaciones.

incumplimientoseparacionfiscalia
Art.
65

Artículo 65. Procedimiento para iniciar separación

Este artículo describe el procedimiento que debe seguirse para iniciar la separación de un servidor público en la Fiscalía General. Incluye la presentación de quejas y la documentación necesaria.

procedimientoseparacionfiscalia
Art.
66

Artículo 66. Plazo para presentar quejas

El artículo establece un plazo de tres meses para presentar quejas relacionadas con el incumplimiento de requisitos de permanencia. Este plazo es crucial para la correcta administración de los procedimientos.

plazoquejasfiscalia
Art.
67

Artículo 67. Suspensión del personal imputado

Este artículo establece que el personal imputado por delitos dolosos será suspendido desde el auto de formal prisión o vinculación a proceso. Esto asegura la integridad del proceso judicial.

suspensionimputadosfiscalia
Art.
68

Artículo 68. Disposiciones supletorias

Este artículo menciona que se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Esto proporciona un marco adicional para la operación de la Fiscalía.

disposicionessupletoriasfiscalia
Art.
69

Artículo 69. Notificación de separación

El artículo establece que la resolución de separación del personal se enviará a la Oficialía Mayor para su notificación y ejecución. Este procedimiento es clave para la formalización de la separación.

notificacionseparacionfiscalia
Art.
70

Artículo 70. Responsabilidades del titular de la Fiscalía

Este artículo establece que el titular de la Fiscalía General está sujeto a procedimientos de juicio político y responsabilidades administrativas. Esto asegura la rendición de cuentas en la institución.

responsabilidadestitularfiscalia
Art.
71

Artículo 71. Régimen de responsabilidades administrativas

Las personas servidoras públicas de la Fiscalía General están sujetas al régimen de responsabilidades de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Esto establece un marco para la conducta ética y legal.

responsabilidadesadministrativasfiscalia
Art.
72

Artículo 72. Sanciones por faltas administrativas

Este artículo establece las sanciones que se impondrán a quienes incurran en faltas administrativas, que pueden incluir amonestaciones y remociones. Esto es crucial para mantener la disciplina en la Fiscalía.

sancionesfaltasadministrativas
Art.
73

Artículo 73. Remoción por violaciones graves

El artículo establece que la remoción se impondrá en casos de incumplimiento que resulten en violaciones graves a los derechos humanos. Esto subraya la importancia de la ética en el servicio público.

remocionviolacionesderechos humanos
Art.
74

Artículo 74. Sanciones por reincidencia

Este articulo establece que en casos de reincidencia se impondrá una multa de cincuenta a mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. Se considera reincidente a quien haya sido declarado responsable en un plazo de cinco años y vuelva a incurrir en la misma falta.

sancionesreincidenciaunidad de medida
Art.
75

Artículo 75. Sanciones para personal administrativo

Las sanciones por faltas administrativas del personal de la Fiscalía General serán impuestas por el Órgano Interno de Control, conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Esto no excluye otras responsabilidades legales que pudieran aplicarse.

sancionesfalta administrativaórgano interno de control
Art.
76

Artículo 76. Elementos para sanciones administrativas

Este articulo detalla los elementos a considerar para la imposición de sanciones administrativas, incluyendo la gravedad de la conducta y la reincidencia. Estos factores son cruciales para determinar la sanción adecuada.

sancioneselementosconducta
Art.
77

Artículo 77. Procedimiento de sanción

El Órgano Interno de Control seguirá un procedimiento específico para imponer sanciones, que incluye la investigación y el derecho a defensa del servidor público. Este proceso es vital para garantizar la transparencia y justicia en la aplicación de sanciones.

procedimientosancionesdefensa
Art.
78

Artículo 78. Notificación de resoluciones

Las resoluciones emitidas en el procedimiento de sanción serán notificadas a todas las partes involucradas. Esto asegura que todos los interesados estén informados sobre las decisiones tomadas.

notificaciónresolucionesprocedimiento
Art.
79

Artículo 79. Disposiciones supletorias

Para lo no dispuesto en este Capítulo, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Esto establece un marco legal adicional para el procedimiento administrativo.

disposicionessupletoriasley general
Art.
80

Artículo 80. Sanciones para agentes de policía

Se establecen correctivos disciplinarios para agentes de la Policía Federal Ministerial que incumplan órdenes, que pueden incluir amonestaciones y suspensiones. Esto busca mantener la disciplina dentro de la fuerza.

sancionespolicíadisciplina
Art.
81

Artículo 81. Definicion de medidas disciplinarias

Define la amonestacion como medida disciplinaria hacia personas servidoras publicas, estableciendo que debe aplicarse discretamente sin que personas de menor jerarquia conozcan la medida. El arresto fue declarado invalido por la SCJN.

medidas disciplinariasamonestacionpersonal fiscal
Art.
82

Artículo 82. Sanciones y reincidencia disciplinaria

Establece reglas para imponer medidas disciplinarias, incluyendo sanciones por impedir cumplimiento de arrestos. La portion normativa sobre reincidencia fue declarada invalida por la SCJN.

sanciones disciplinariasreincidenciapersonal fiscal
Art.
83

Artículo 83. Patrimonio y recursos de la Fiscalia

Describe la constitucion del patrimonio de la Fiscalia General, incluyendo presupuesto anual, bienes muebles e inmuebles, fideicomiso y sanciones economicas. Declara el patrimonio como inembargable e imprescriptible.

presupuestopatrimonio fiscalrecursos publicos
Art.
84

Artículo 84. Fondo para Mejoramiento Procuracion Justicia

Crea el Fondo para el Mejoramiento de la Procuracion de Justicia mediante un fideicomiso para situaciones extraordinarias. Sus recursos se orientan a programas de fortalecimiento de capacidades investigativas.

fideicomisosfondos extraordinarioscapacidades institucionales
Art.
85

Artículo 85. Contrataciones publicas de la Fiscalia

Sujeta las contrataciones publicas de la Fiscalia a las leyes de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y obras publicas, permitiendo normas particulares previa opinion del Organo Interno de Control.

contrataciones publicasadquisicionesautonomia constitucional
Art.
86

Artículo 86. Anteproyecto presupuestario anual

Obliga a la Fiscalia a elaborar su anteproyecto de presupuesto y remitirlo a Hacienda para incorporacion en el Presupuesto de Egresos Federal, garantizando autonomia e independencia financiera.

presupuestoautonomia financieratesoreria de la federacion
Art.
87

Artículo 87. Ejercicio y control presupuestario

El presupuesto de la Fiscalia se rige por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, otorgando autonomia presupuestaria en asignacion, distribucion, manejo y control de su presupuesto anual.

presupuestoautonomia presupuestariahacienda publica
Art.
88

Artículo 88. Plan Estrategico Procuracion Justicia

La Fiscalia debe publicar cada tres anos su Plan Estrategico con estrategias, objetivos, metas y prioridades investigativas basadas en analisis delictivo. Se presenta al Senado para dictamen en 60 dias naturales.

plan estrategicopolitica criminalmetas institucionales
Art.
89

Artículo 89. Naturaleza Organo Interno Control

Define al Organo Interno de Control como unidad con autonomia tecnica y de gestion pero sujeta a jerarquia institucional y obligaciones de personas servidoras publicas de la Fiscalia.

organo interno de controlautonomia tecnicafiscalizacion interna
Art.
90

Artículo 90. Facultades Organo Interno Control

El OIC tiene competencia para prevenir, investigar y calificar responsabilidades administrativas de servidores publicos y particulares vinculados, revisar recursos publicos y remitir denuncias penales a Fiscalia Especializada.

fiscalizacionresponsabilidad administrativaauditoria
Art.
91

Artículo 91. Impedimento interferencia OIC

El Organo Interno de Control y su personal estan impedidos de intervenir o interferir en el desempenio de facultades y ejercicio operacional de la Fiscalia.

independenciaseparacion de funcionesautonomia operacional
Art.
92

Artículo 92. Estructura Organo Interno Control

El OIC contara con unidades establecidas en Estatuto organico y su titular podra delegar funciones mediante acuerdos publicables en DOF, manteniendo autonomia tecnica y de gestion.

estructura organizacionaldelegacion de funcionesestatuto organico
Art.
93

Artículo 93. Facultades especificas OIC

OIC tiene 14 facultades principales incluyendo: aplicar Ley de Responsabilidades Administrativas, auditar gasto, evaluar presupuesto, investigar irregularidades, recibir quejas, participar en actos de entrega-recepcion y formular anteproyecto presupuestario.

facultades fiscalizacionauditoriaspresupuesto
Art.
94

Artículo 94. Designacion titular OIC

Titular OIC designado por Camara de Diputados con dos terceras partes. Requiere ciudadania mexicana, 35 anos minimo, buena reputacion, 5 anos experiencia en control-fiscalizacion, profesional titulado, sin conflictos de interes.

designacion funcionariosrequisitos profesionalesprocedimiento parlamentario
Art.
95

Artículo 95. Periodo y atribuciones titular OIC

Titular OIC dura 4 anos con posibilidad de reeleccion. Tiene nivel equivalente a Fiscal Especializado. Coordina con Entidad Fiscalizacion Superior Federacion. Rinde informes semestrales y anuales.

periodo de encargonivel jerarquicocoordinacion institucional
Art.
96

Artículo 96. Responsabilidad titular y personal OIC

Titular OIC sujeto a Ley Responsabilidades Administrativas, sancionado por Fiscal Especializado Combate Corrupcion. Personal OIC sancionado por su titular, cumpliendo mismos requisitos ingreso que personal Fiscalia.

responsabilidad administrativasancionesrequisitos personal
Art.
97

Artículo 97. Confidencialidad datos personales investigacion

Bases de datos, sistemas y archivos de Fiscalia con datos personales o investigativos pueden ser informacion reservada o confidencial segun leyes de transparencia. Solo pueden consultarse para funciones Fiscalia por personal autorizado. Datos estadisticos son publicos.

datos personalesinformacion reservadatransparencia
Art.
98

Artículo 98. Integracion Consejo Ciudadano

Consejo Ciudadano es organo de consulta honorífico integrado por 5 mexicanos de probidad con trayectoria en justicia, investigacion criminal y derechos humanos. Duran 5 anos improrrogables, renovacion escalonada, sesionan mensualmente.

consejo ciudadanoparticipacion ciudadanaconsulta publica
Art.
99

Artículo 99. Seleccion miembros Consejo Ciudadano

Senado de la Republica nombra Comision de 5 selectores que abre convocatoria publica de 15 dias. Senado elige 5 consejeros de candidatos. Lista se publica 10 dias para objeciones publicas antes de proclamacion final.

seleccion publicaconvocatoria abiertaparticipacion ciudadana
Art.
100

Artículo 100. Facultades Consejo Ciudadano

Consejo Ciudadano puede opinar sobre Plan Estrategico, estructuras nuevas, presupuesto, normatividad interna y desempen~o Fiscalia; alertar OIC de responsabilidades administrativas; invitar expertos. Opiniones no vinculantes pero deben ser motivadas.

facultades consultivasrecomendacionesvigilancia ciudadana
Art.
101

Artículo 101. Consejo Ciudadano y Secretaria Tecnica

El Consejo Ciudadano se auxiliara con una Secretaria Tecnica y personal necesario para ejercer sus funciones. La seleccion del personal de la Secretaria Tecnica sera realizada por el Consejo conforme al Estatuto organico.

consejo ciudadanosecretaria tecnicaestructura administrativa

¿Dudas sobre algún artículo del LFGR?

Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.

Consulta Sin Costo