Las sanciones por faltas administrativas del personal de la Fiscalía General serán impuestas por el Órgano Interno de Control, conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Esto no excluye otras responsabilidades legales que pudieran aplicarse.
[Las sanciones por faltas administrativas del personal de la Fiscalía General que forme parte del servicio profesional de carrera de la rama administrativa, por el incumplimiento de las obligaciones a que refiere el artículo 47 de esta Ley, serán impuestas por el Órgano Interno de Control conforme a la competencia y procedimiento previsto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Lo anterior, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad y sanción a que haya lugar, previstas en las disposiciones legales aplicables.] Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 28-03-2023 y publicada DOF 27-09-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores y abogados deben estar atentos a las sanciones que pueden enfrentar los empleados administrativos, ya que esto puede influir en la gestión de riesgos y cumplimiento normativo de la institución.
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