Este artículo describe el procedimiento que debe seguirse para iniciar la separación de un servidor público en la Fiscalía General. Incluye la presentación de quejas y la documentación necesaria.
Para iniciar el procedimiento de separación, la persona titular de la unidad en que se encuentra adscrito o en donde desarrolle sus funciones la persona servidora pública, en el momento en que se actualice el supuesto incumplimiento a los requisitos de permanencia, deberá presentar queja ante la unidad administrativa que para tal efecto se determine en el Estatuto orgánico, debiendo señalar el requisito incumplido, la redacción clara, precisa y sucinta de los hechos que motiven la separación y adjuntar las pruebas que considere pertinentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer el procedimiento de separación es fundamental para el personal de la Fiscalía. Los abogados deben estar preparados para asesorar en la presentación de quejas y en la defensa de sus derechos.
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Art. 64. Consecuencias por incumplimiento de requisitos
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Art. 66. Plazo para presentar quejas
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