Establece que la Ley es reglamentaria del Apartado A del articulo 102 Constitucional y tiene caracter de orden publico, interes social y observancia general en todo el territorio nacional.
La presente Ley es reglamentaria del Apartado A, del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y sus disposiciones son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental pues establece la base constitucional y el rango legal de la Ley. Para los asesores legales es critico entender que al ser de orden publico, sus disposiciones son imperativas y no pueden ser soslayadas por acuerdos entre particulares.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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