LFGR

Artículo 14. Agencia de Investigacion Criminal

Establece que la Agencia es responsable de operacion, investigacion e inteligencia criminal, coordina Policia Federal Ministerial y personal especializado, e incluye unidad de sistematizacion y analisis de informacion delictiva.

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Texto Legal

La Agencia de Investigación Criminal, sin perjuicio de las facultades que se establezcan y desarrollen en el Estatuto orgánico, será la encargada de llevar a cabo la operación, investigación e inteligencia para la investigación y persecución de los delitos, así como de coordinar y asignar personas agentes de la Policía Federal Ministerial, personas peritas y personas analistas para el desarrollo de las investigaciones que formen parte de la Fiscalía General.

La Agencia de Investigación Criminal contará con una unidad administrativa encargada de diseñar, integrar e implementar sistemas y mecanismos de sistematización y análisis de la información relativa al fenómeno de la delincuencia nacional e internacional, cuyas facultades se desarrollarán en el Estatuto orgánico.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La unidad de analisis de informacion delictiva requiere sistemas tecnologicos avanzados con altos costos de mantenimiento y actualizacion. Los presupuestos deben contemplar ciberseguridad y capacitacion continua en herramientas de inteligencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LFGR?

Establece que la Agencia es responsable de operacion, investigacion e inteligencia criminal, coordina Policia Federal Ministerial y personal especializado, e incluye unidad de sistematizacion y analisis de informacion delictiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de la Fiscalía de la República?

La unidad de analisis de informacion delictiva requiere sistemas tecnologicos avanzados con altos costos de mantenimiento y actualizacion. Los presupuestos deben contemplar ciberseguridad y capacitacion continua en herramientas de inteligencia.

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