Al concluir la relación laboral, el personal de la Fiscalía debe entregar toda la documentación y recursos bajo su responsabilidad. Este procedimiento es esencial para la correcta administración de la institución.
Al concluir la relación jurídica que la Fiscalía General sostenga con su personal, éste deberá entregar toda la información, documentación, equipo, materiales, identificaciones, valores u otros recursos que hayan sido puestos bajo su responsabilidad o guarda y custodia.
Las personas servidoras públicas que estén a cargo de administrar o manejar fondos, bienes o valores públicos, las personas titulares de las Fiscalías Especializadas, fiscalías o unidades administrativas de la Institución, así como aquellas que determine su persona superior jerárquica o, en su caso, la persona titular de la Fiscalía General, por la naturaleza e importancia del servicio público que prestan, deberán realizar acta de entrega-recepción. Esta obligación también será aplicable a las personas servidoras públicas que, por comisión, suplencia, encargo o bajo cualquier otra figura, hayan quedado como personas encargadas provisionales de alguna unidad administrativa cuya persona titular deba cumplir con esta obligación.
CAPÍTULO IX PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La entrega de documentos es un paso crítico que puede evitar problemas legales futuros. Es recomendable que el personal mantenga un registro de los bienes entregados para su protección.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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