LFGR

Artículo 44. Padron de Personas Peritas

Establece que la unidad administrativa de servicios periciales mantiene un padron de peritos profesionales y expertos destacados en diversas areas del conocimiento, ciencias, artes, tecnicas u oficios.

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Texto Legal

La unidad administrativa correspondiente a los servicios periciales tendrá a su cargo el padrón de las personas peritas, que preferentemente integrará a las personas profesionales y personas expertas destacadas en las diversas áreas del conocimiento, ciencias, artes, técnicas u oficios.

CAPÍTULO V PERSONAS ANALISTAS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es procedimental pero importante para verificar credenciales de peritos. Los contadores deben validar que peritos actuantes estan inscritos en padron oficial de la Fiscalia para cuestionar su legitimidad en procedimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LFGR?

Establece que la unidad administrativa de servicios periciales mantiene un padron de peritos profesionales y expertos destacados en diversas areas del conocimiento, ciencias, artes, tecnicas u oficios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LEY de la Fiscalía de la República?

Este articulo es procedimental pero importante para verificar credenciales de peritos. Los contadores deben validar que peritos actuantes estan inscritos en padron oficial de la Fiscalia para cuestionar su legitimidad en procedimientos.

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