LFGR

Artículo 37. Responsabilidad por incumplimiento de colaboracion

Personas servidoras publicas que contravengan disposiciones sobre colaboracion e informacion son sujetas de responsabilidad administrativa, penal o cualquier otra que corresponda.

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Texto Legal

Las personas servidoras públicas que contravengan lo dispuesto en el presente Capítulo serán, en su caso, sujetas de responsabilidad administrativa, penal, o cualquier otra que corresponda.

CAPÍTULO II SISTEMA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mecanismo sancionatorio que refuerza obligaciones de capitulos I y II. Abogados pueden perseguir responsabilidad de funcionarios que obstruyan investigaciones. Crea incentivo para cumplimiento de deberes de colaboracion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LFGR?

Personas servidoras publicas que contravengan disposiciones sobre colaboracion e informacion son sujetas de responsabilidad administrativa, penal o cualquier otra que corresponda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de la Fiscalía de la República?

Mecanismo sancionatorio que refuerza obligaciones de capitulos I y II. Abogados pueden perseguir responsabilidad de funcionarios que obstruyan investigaciones. Crea incentivo para cumplimiento de deberes de colaboracion.

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