La Ley de Premios, Estimulos y Recompensas Civiles regula el otorgamiento de reconocimientos a personas que hayan destacado en diversas actividades civiles y sociales en Mexico. Esta ley aplica a ciudadanos, organizaciones y entidades que cumplan con los criterios establecidos para recibir premios y estimulos. Entre los temas principales que cubre se encuentran los premios nacionales, por servicio, antiguedad y merito, asi como premios especiales. Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal claro para el reconocimiento de logros significativos, lo que puede ser de utilidad para abogados y contadores al asesorar a sus clientes sobre la obtencion de estos beneficios, ademas de fomentar la cultura del reconocimiento en la sociedad.
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La ley regula el reconocimiento publico del Estado a personas que merezcan premios, estimulos o recompensas por su conducta, actos u obras. Establece las normas para otorgar estos reconocimientos civiles.
Solo mexicanos pueden obtener reconocimientos, sean personas fisicas individuales, grupos o morales domiciliadas dentro o fuera del pais. Se exceptua la Orden Mexicana del Aguila Azteca y el Premio Nacional de Derechos Humanos para extranjeros.
Los premios reconocen conductas, trayectorias vitales ejemplares, actos u obras valiosos en beneficio de la humanidad, pais o personas. No es obligatorio otorgar premios anuales si no hay reconocimientos merecedores.
Los estimulos se instituyen para servidores del Estado por desempenio sobresaliente en sus funciones o actos excepcionales que beneficien al servicio. Pueden acompanarse de recompensas economicas o en especie.
El Presidente otorga premios; titulares de ramos fijan estimulos y recompensas. Ambos pueden hacer entregas personalmente o por representante y fijan fechas, caracteristicas y lugares de ceremonias.
Se establecen dieciocho premios nacionales incluyendo Miguel Hidalgo, Orden del Aguila Azteca, Ciencias, Artes y Literatura, Derechos Humanos, Merito Ecologico y otros. Personas pueden recibir varios premios distintos.
Las preseas son expresiones fisicas de los premios e incluyen collar, cruz, banda, medalla, placa, venera, insignia y mencion honorifica. Son los simbolos materiales del reconocimiento.
Los Consejos pueden establecer clases de cada premio. Las preseas se complementan con roseta para personas fisicas y pueden acompanarse de entregas en numerario o especie segun determine el Consejo.
La roseta es un boton que se ostenta en prendas de vestir y se usa fuera de actos solemnes para representar la presea correspondiente. Facilita el uso cotidiano del reconocimiento.
Las preseas solo pueden usarlas sus titulares en solemnidades y actos publicos pertinentes. Las preseas mexicanas tienen precedencia sobre condecoraciones extranjeras; la Miguel Hidalgo sobre todas las demas.
Con cada presea se entrega un diploma que expresa las razones del otorgamiento y sintesis del acuerdo del jurado. El premio incluye firmas del Presidente y miembros del Consejo y Jurado.
El Ejecutivo Federal determinara reglamentariamente las caracteristicas de las preseas. El pendiente de collar, cruz y medalla de primera clase deben ser de oro de ley 0.900.
La aplicacion corresponde al Presidente, titulares de dependencias, Consejos de Premiacion y Jurados. Establece la estructura administrativa para administrar el sistema de reconocimientos.
Los Consejos son organos colegiados permanentes encargados de poner en estado de resolucion los expedientes para otorgamiento de premios. Coordinan el proceso administrativo integral.
Los Consejos tienen secretario designado por sus miembros a propuesta del presidente. Cada miembro debe registrar un suplente. La composicion especifica varia segun el premio.
Los Jurados son colegiados con miembros designados por el Consejo. Formulan dictamenes y proposiciones que se someten al Presidente. Eligen presidente interno y nombran secretario.
Se requiere ser ciudadano mexicano, tener modo honesto de vivir, haber destacado por cualidades civicas y, cuando sea necesario, tener calificacion tecnica o cientifica del campo.
Sesionan validamente con mayoria de integrantes. Decisiones por mayoria de votos; empate lo resuelve voto de calidad del presidente.
Los Consejos formulan convocatorias, reciben candidaturas, designan jurados, llevan libro de honor, elevan dictamenes, asignan recursos, fijan condiciones y procuran informacion para otorgar premios.
Los Jurados sesionan conforme al Consejo dicta, dictaminan expedientes, formulan proposiciones para el Presidente, compilan y autentifican sus dictamenes ante el Consejo.
Los Jurados tienen la facultad de proponer el otorgamiento de premios de manera postumo a personas fallecidas. Esta disposicion permite reconocer meritos de individuos ya desaparecidos.
Los miembros de los Jurados estan obligados a mantener confidencialidad sobre los asuntos que conocen durante sus funciones. Esta reserva es una obligacion legal fundamental para garantizar la integridad del proceso.
Los Jurados no pueden revocar sus propias resoluciones las cuales son de su exclusivo arbitrio e incumbencia. Esta disposicion garantiza la inmutabilidad y autonomía de las decisiones judiciales.
Los Consejos determinan la forma y terminos de las convocatorias para otorgamiento de premios segun lo previsto en la ley. Esta atribucion permite flexibilidad en la administracion del proceso.
Los expedientes de candidaturas se integran conforme a las instrucciones de los Consejos por los Secretarios respectivos. Este proceso centralizado asegura uniformidad en la documentacion.
Se otorga amplia libertad para proponer candidatos cuando el premio no requiere de proponentes facultados especificos. Las proposiciones recibidas pueden ser aceptadas o rechazadas por los Consejos.
Toda proposicion debe expresar los merecimientos del candidato acompañada de pruebas pertinentes e indicacion de otras pruebas disponibles. Esta disposicion asegura propuestas fundamentadas.
Los Secretarios registran todas las candidaturas presentadas e integran expedientes segun las instrucciones de los Consejos. Este control administrativo asegura trazabilidad completa.
Los Consejos hacen del conocimiento publico los nombres de los integrantes de los Jurados. Esta transparencia es fundamental para garantizar legitimidad y confianza en el proceso.
Los Secretarios y Jurados llevan libros de actas con constancia detallada de sesiones incluyendo lugar fecha horas asistentes y narracion de deliberaciones y votaciones. Este registro documenta la legalidad del proceso.
El libro de honor registra los nombres de personas premiadas grado de premio presea fecha lugar de entrega e incidencias. Este documento historico perpetúa el reconocimiento oficial.
Los Jurados funcionan en locales asignados con sesiones privadas prohibiéndose presencia de extraños y realizando votaciones secretas. Esta privacidad protege la independencia del Jurado.
Los acuerdos del Presidente sobre otorgamiento de premios se publican en el Diario Oficial de la Federacion fijando lugar y fecha de entrega. Esta publicacion confiere caracter oficial y vinculante.
La Condecoración Miguel Hidalgo es la más alta presea de Mexico para reconocer méritos eminentes conducta ejemplar o servicios prestados a la Patria o Humanidad. Representa el máximo honor nacional.
La Condecoración Miguel Hidalgo se tramita ante la Secretaría de Gobernación por un Consejo compuesto por Secretarios de Gobernacion Educación Publica y Cultura más representantes de ambas Camaras. El Secretario de Gobernacion preside.
La Condecoración Miguel Hidalgo consta de cuatro grados: Collar para actos heroicos Cruz para méritos eminentes Banda para méritos distinguidos y Placa para otros méritos. Cada grado tiene criterios especificos.
El Consejo de Premiacion puede proponer al Presidente entregas de dinero o especie junto con premios cuya cuantía o naturaleza fija el propio Consejo. Permite complementar reconocimiento con beneficios economicos.
La Condecoración Miguel Hidalgo no está sujeta a periodicidad convocatoria ni límite de beneficiarios y puede promoverse en cualquier tiempo. Las promociones de gobiernos universidades e instituciones tienen preferencia.
La entrega de premios tiene lugar de preferencia el 8 de mayo aniversario del natalicio de Miguel Hidalgo como homenaje al Padre de la Patria. Esta fecha simbólica marca la ceremonia oficial.
La Orden Mexicana del Águila Azteca es distincion para extranjeros reconociendo servicios prominentes a Mexico o humanidad y para corresponder distinciones a servidores publicos mexicanos. Se tramita ante Secretaría de Relaciones Exteriores.
Define los siete grados de la Orden Mexicana del Aguila Azteca segun la categoria del beneficiario, desde Collar para jefes de estado hasta Insignia para funcionarios de menor rango. Establece criterios de otorgamiento basados en posiciones diplomaticas y militares.
Permite al Consejo conferir la Orden Mexicana del Aguila Azteca a extranjeros distinguidos segun sus meritos en casos especiales, con excepcion del grado de Collar. Proporciona flexibilidad para reconocer contribuciones internacionales.
Establece que diplomáticos extranjeros acreditados en México reciben la Orden solo al terminar su mision, requiriendo permanencia minima de dos anos continuos. El Consejo valora la labor desempenada en el pais.
Establece dos campos para el Premio Nacional de Ciencias Jose Mario Molina Pasquel y Henriguez: Ciencias Fisico-Matematicas y Naturales, y Tecnologia, Innovacion y Diseno. Nomenclatura reformada en 2022.
Los beneficiarios deben haber contribuido al progreso de ciencia, tecnologia e innovacion mediante producciones, trabajos docentes, investigacion o divulgacion. Define criterio de evaluacion de contribuciones.
El premio se tramita en Secretaria de Educacion Publica. El Consejo es presidido por su titular e integrado por rectores de universidades nacionales, directores de institutos cientificos y representantes de asociaciones academicas.
El premio incluye venera, mencion honorifica y 100 mil pesos. Permite hasta tres personas por campo; con concurrencia, cada una recibe 50 mil pesos. Excedentes se premian al ano siguiente.
Solo personas fisicas pueden ser beneficiarias del premio. Hay asignacion anual pero los trabajos no necesitan realizarse dentro del ano de premiacion, permitiendo reconocimiento de contribuciones historicas.
Requiere convocatoria previa al otorgamiento. El Consejo publica lista de instituciones autorizadas para proponer candidatos en primeros tres meses del ano. Instituciones pueden solicitar inclusion en lista si el Consejo lo justifica.
El Consejo integra Jurado por cada campo de premiacion. Da preferencia a ganadores anteriores del premio y puede solicitar proposiciones de instituciones incluidas en lista de convocatoria.
La convocatoria fija plazos para que instituciones amplien informaciones ante el Consejo. El premio se entrega el 7 de octubre de cada ano. Cierra ciclo anual de premiacion.
Establece cuatro campos: Linguistica y Literatura, Bellas Artes, Historia Ciencias Sociales y Filosofia, y Artes y Tradiciones Populares. Capitulo adicionado en 2015 para reconocer contribuciones culturales.
Beneficiarios deben contribuir a enriquecimiento del acervo cultural nacional o al progreso del arte o filosofia mediante producciones, trabajos docentes, investigacion o divulgacion. Criterios paralelos a premio de ciencias.
El premio se tramita en Secretaria de Cultura bajo presidencia de su titular. Consejo incluye rectores de universidades, directores de institutos y, para Artes Populares, directores de Culturas Populares, Instituto Nacional Indigenista y Fondo Nacional Artesanias.
Incluye venera, mencion honorifica y 100 mil pesos. Hasta tres personas por campo; con multiples ganadores, cada uno recibe 50 mil pesos. Excedentes se premian al siguiente ano.
Solo personas fisicas pueden ser beneficiarias, excepto en Artes y Tradiciones Populares donde tambien se reconoce a comunidades y grupos. No requiere que obras se realicen en ano de premiacion.
Requiere convocatoria previa. Consejo publica lista de instituciones autorizadas para proponer candidatos en primeros tres meses del ano. Instituciones pueden solicitar inclusion si Consejo lo justifica.
Consejo integra Jurado por cada campo de premiacion. Da preferencia a ganadores anteriores del premio y puede solicitar proposiciones de instituciones en lista de convocatoria.
La convocatoria fija plazos para que instituciones amplien informaciones ante el Consejo. Define terminos especificos del proceso evaluativo.
Reconoce a profesionales de Demografia por ensayos e investigaciones que contribuyan a conocimiento y solucion de problemas demograficos de Mexico. Capitulo adicionado en 1986 y reformado en 2003.
El premio se confiere anualmente ante la Secretaria de Gobernacion a traves de un Consejo de Premiacion integrado por representantes de multiples secretarias de estado. El consejo es presidido por el Titular de Gobernacion.
El premio consiste en una presea conforme al articulo 7o de la Ley, mas el numerario o especie que se determine para cada caso. La combinacion de elementos fisicos y economicos constituye la recompensa integral.
El premio se entrega en ceremonia publica y solemne por el Presidente de la Republica o su designado. La solemnidad del acto tiene implicaciones para protocolos gubernamentales y registro oficial.
El Premio Nacional de Deportes se concede en siete modalidades: deporte no profesional, profesional, paralimpico, entrenador, juez-arbitro, trayectoria deportiva y fomento de deportes. Algunas modalidades incluyen numerario, otras no.
Este articulo fue derogado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 6 de enero de 2020. No tiene vigencia ni aplicacion legal.
Este articulo fue derogado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 6 de enero de 2020. No tiene vigencia ni aplicacion legal.
El Consejo de Premiacion del Premio Nacional de Deportes es presidido por el Secretario de Educacion Publica e integrado por titulares de comisiones legislativas deportivas, Comision Nacional de Cultura Fisica y Deporte, Comite Olimpico y Paralimpico Mexicano.
Los premios consisten en medalla de primera clase, tramitados ante Secretaria de Educacion Publica a traves de la Comision Nacional de Cultura Fisica y Deporte. Para grupos, se otorga diploma al conjunto y medalla individual.
Anualmente hay una asignacion de premios determinada conforme a la ley. Si hay vacantes en campos, modalidades o categorias, el consejo lo declarara fundando y motivando su determinacion.
Las candidaturas son propuestas por asociaciones deportivas nacionales registradas ante la Comision Nacional o responsables de informacion deportiva. Se presentan entre 1 de septiembre y 15 de octubre; expedientes se integran en diez dias; jurado dicta antes del 10 de noviembre.
El Jurado incluye representantes de organismos deportivos, ex galardonados, medallistas olimpicos y paralimpicos, y representantes de prensa. Deben actuar con imparcialidad, legalidad, equidad, secrecía y confidencialidad; el incumplimiento causa expulsion.
Los premios se entregan el 20 de noviembre de cada ano en el marco de festividades del aniversario de la Revolucion Mexicana. Esta fecha es obligatoria para todas las entregas.
El premio se confiere a quienes sean ejemplos de dignidad civica por cumplimiento de ley, defensa de derechos propios y ajenos, respeto a instituciones publicas y comportamiento ciudadano relevante en su comunidad.
El premio se tramita ante Secretaria de Gobernacion, cuyo titular preside el Consejo de Premiacion. El consejo incluye un representante de cada Camara del Congreso de la Union.
Se aplican al Premio Nacional de Merito Civico las disposiciones establecidas en el articulo 38 de esta Ley, incorporando procedimientos y requisitos estandarizados para la tramitacion.
Los premios consisten en venera. Todos los beneficiarios del ano reciben los premios en un acto cuya fecha y caracteristicas seran acordadas por el Presidente de la Republica conforme a propuesta del Consejo de Premiacion.
El premio se confiere a personas que por capacidad organizativa o entrega eficiente y entusiasta mejoren productividad en su area y sean ejemplo para demas trabajadores.
El premio se tramita ante Secretaria del Trabajo y Prevision Social, presidida por su titular. El Consejo integra representantes de Gobernacion, Reforma Agraria, Productividad y centrales obreras y campesinas nacionales.
Se aplican disposiciones del articulo 38 ampliadas para incluir organizaciones obreras, campesinas y patronales, incorporando procedimientos estandarizados con consideracion de actores laborales.
Al premio corresponde una placa que puede adicionarse con numerario cuyo monto fija discrecionalmente el Consejo de Premiacion, dando flexibilidad economica segun meritos.
Establece los criterios y categorias de edad para otorgar el Premio Nacional de la Juventud a jovenes entre 12 y 29 anos. Define diez distinciones que incluyen logro academico, artes, compromiso social, cultura indigena, ambiente, emprendimiento, derechos humanos, discapacidad, democracia y ciencia.
Define el procedimiento administrativo y la composicion del Consejo de Premiacion del Premio Nacional de la Juventud, coordinado por la Secretaria de Desarrollo Social con representantes de varias dependencias federales e Instituto Mexicano de la Juventud.
Establece que es aplicable el articulo 38 de la Ley al Premio Nacional de la Juventud, designando al Instituto Mexicano de la Juventud como promotor oficial de candidaturas.
Permite que cada distincion del Premio Nacional de la Juventud cuente con copatrocinio de personas morales diversas, con limitaciones de participacion cada seis anos y prohibicion de postular candidatos durante el ano de copatrocinio.
Establece que el Premio Nacional de la Juventud consiste en medalla complementada con entrega en numerario o especie segun determine el Consejo de Premiacion.
Define los acreedores al Premio Nacional de Servicio a la Comunidad como personas que desinteresadamente y con sacrificio propio realicen actos de solidaridad humana que contribuyan al bienestar comunitario, incluyendo ayuda en catastrofes y asistencia a sectores marginados.
Asigna la tramitacion del Premio Nacional de Servicio a la Comunidad a la Secretaria de Salud, cuyo titular preside el Consejo de Premiacion integrado por representantes de varias secretarias e instituciones de seguridad social.
Senala que en materia del Premio Nacional de Servicio a la Comunidad es aplicable el articulo 38 de la presente Ley respecto a procedimientos generales.
Otorga facultades discrecionales al Jurado para asignar collar en casos verdaderamente extraordinarios u otros premios que determine el Consejo de Premiacion segun circunstancias de merecimiento.
Permite que segun acuerde el Presidente de la Republica, la entrega de premios pueda tener lugar en ceremonias convencionales o parciales, incluso en los lugares donde ocurrieron los hechos premiados.
Establece que el Premio Nacional de Antiguedad en el Servicio Publico se otorgara a trabajadores y funcionarios de dependencias sujetos al regimen de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado conforme a anos de servicio.
Establece que el premio se tramita de oficio en cada dependencia mediante Consejos de Premiacion propios, integrados por el titular como presidente, funcionarios designados y representante sindical, asumiendo funciones de jurado.
Define cuatro grados de medalla conforme a anos de servicio: primer grado por 50 anos, segundo por 40, tercero por 30, cuarto por 25 anos.
Permite que cada Consejo de Premiacion denomine las medallas correspondientes a su dependencia, manteniendose vigentes las historicamente instituidas como Enfermera Isabel Cendala, Maestro Altamirano, Emilio Carranza, entre otras.
Permite que trabajadores y funcionarios hagan valer su derecho al Premio Nacional de Antiguedad por iniciativa propia, a traves de representacion sindical o personal ante el Consejo, aplicandose normas de entrega ceremonial.
Otorga el Premio Nacional de Administracion Publica a servidores publicos de dependencias cuyas relaciones laborales rigen bajo apartado B del articulo 123 Constitucional, conforme articulo 98 de la presente Ley.
Establece que el Premio Nacional de Administracion Publica se otorga en tres grados con medalla e incremento economico fijado por el Presidente, entregandose el 5 de diciembre con cargo al presupuesto presidencial.
Integra el jurado por Coordinador General de Estudios Administrativos como presidente, representantes de organismos evaluadores y sindicato, con voto de calidad presidencial en empate.
Establece que si fallece el galardonado, la entrega del Premio Nacional de Administracion Publica se hara a beneficiarios designados ante ISSSTE o designados expresamente.
Asigna a la Coordinacion General de Estudios Administrativos la custodia de libro de honor donde se asientan anualmente los nombres de servidores publicos galardonados con Premio Nacional de Administracion Publica.
Reconocimiento otorgado a personas fisicas y morales del sector privado y social que realicen acciones de conservacion, proteccion, restauracion y uso sustentable de recursos forestales en beneficio de la sociedad.
Define la estructura y composicion del Consejo de Premiacion integrado por representantes de multiples dependencias federales, camaras legislativas y representantes del sector social y privado.
Establece que se aplican disposiciones del articulo 38 y designa a la Comision Nacional Forestal como promotora de candidaturas.
El premio consiste en diploma complementado con entrega en numerario o especie segun determine el Consejo, aplicandose las disposiciones del articulo 72.
Define que estimulos y recompensas se otorgan a servidores publicos bajo relaciones laborales del articulo 123 apartado B que cumplan criterios de desempenio sobresaliente, aportaciones administrativas, estudios o innovaciones.
Especifica que recompensas consisten en veinticinco mil pesos (tres seleccionados por unidad) y cincuenta mil pesos mas diploma (ganador por dependencia), mientras estimulos son diez dias de vacaciones extraordinarias.
Establece que estimulos y recompensas se tramitan por propuesta de superiores jerarquicos, el interesado, representante sindical o compaeros, y pueden no otorgarse si no se cumplen requisitos.
La Comision Interna de Administracion y Programacion expide convocatoria en julio para iniciar seleccion de servidores publicos merecedores de estimulos y recompensas.
Establece la estructura del Comite de Evaluacion en cada Direccion General, integrado por director, representantes de la dependencia, Organizacion y Metodos, delegado sindical y personal administrativo.
Dentro de tres dias habiles despues de resoluciones del Comite, se proporcionan expedientes a la Comision Interna para seleccionar beneficiarios de recompensa en primera quincena de octubre.
La Comision Interna selecciona al servidor publico que recibira la recompensa inciso b) del articulo 93 y lo propone como candidato para el Premio Nacional de Administracion Publica.
Cada dependencia debe mantener un libro de honor donde se registren nombres de servidores publicos que obtengan estimulos y recompensas.
Si fallece el servidor publico antes de recibir recompensa, la entrega se realiza a beneficiarios designados ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Reconocimiento conferido a personas o grupos que demuestren esfuerzo en autoproteccion, autopreparacion ante fenomenos naturales o de origen humano, y ayuda ejemplar a poblacion ante desastres.
Define composicion del Consejo de Premiacion integrado por diez miembros incluyendo titulares de Gobernacion, Defensa, Marina, diputados, senadores, coordinador de Proteccion Civil y rectores de universidades e instituciones.
Anualmente hay dos asignaciones de premio: uno por prevencion y cultura de proteccion civil, otro por ayuda en tareas de auxilio a poblacion en desastres.
Los premios de proteccion civil consisten en medalla mas numerario o especie segun se determine para cada caso.
El premio es entregado el 19 de septiembre de cada ano por el Presidente de la Republica o servidor publico designado.
Reconocimiento del Estado a personas y comunidades indigenas y afromexicanas destacadas por dedicacion al trabajo en favor de su pueblo y conservacion de manifestaciones culturales propias.
Premio anual consistente en diploma, medalla y numerario (o diploma y numerario para comunidades), otorgado en seis campos: desarrollo comunitario, medicina tradicional, musica, danza, literatura indigena y equidad de genero.
Define la integracion del Consejo de Premiacion para el Premio Nacional de Trabajo y Cultura Indigena, conformado por representantes de dependencias federales, legislativas y organismos especializados en asuntos indigenas.
Establece que el Premio Nacional de Derechos Humanos es el reconocimiento de la sociedad mexicana a personas destacadas en la promocion y defensa de derechos fundamentales, otorgado a traves de un organismo constitucional autonomo.
Especifica que el Premio Nacional de Derechos Humanos incluye diploma, medalla y numerario, siendo entregado anualmente por el Presidente de la Republica y el titular de la Comision Nacional de Derechos Humanos.
Establece que el Consejo de Premiacion se integrara por personas de calidad moral, academica e intelectual reconocida, con representacion de sectores publico y privado, mas representantes de ambas Camaras del Congreso.
Permite que el Premio Nacional de Derechos Humanos se otorgue post mortem en casos excepcionales para honrar la memoria de defensores que lucharon por la vigencia de garantias constitucionales e internacionales.
Define el Premio al Merito Ecologico como reconocimiento a personas, instituciones y comunidades que realizan acciones ambientales trascendentes, consistiendo en diploma, medalla y opcional numerario.
Establece seis categorias para el Premio al Merito Ecologico: Comunitaria, Cultura y Comunicacion Ambiental, Educacion Ambiental Formal, Educacion Ambiental No Formal, Individual e Investigador.
Enumera siete temas bajo los cuales cada categoria del Premio al Merito Ecologico puede clasificarse: aire, agua, suelo, biodiversidad, preservacion, desarrollo sustentable y reciclaje.
Define la integracion del Consejo de Premiacion (nueve miembros incluyendo SEMARNAT, Congreso, INECCC, CONAGUA) y establece entrega anual preferentemente en Dia Mundial del Medio Ambiente.
Define el Premio Nacional de Seguridad Publica como galardo que reconoce trabajo destacado de personas que desempenan seguridad publica conforme a principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Permite reconocer situaciones excepcionales de arrojo, valor y respuesta adecuada ante situaciones de apremio, permitiendo tambien entrega post mortem del premio por la naturaleza peligrosa de la actividad.
Establece seis rubros anuales del Premio Nacional de Seguridad Publica: Labor Policial Preventiva, Labor Policial Ministerial, Actuacion de Ministerio Publico, Actuacion Judicial, Labor Penitenciaria y Trabajo Pericial.
Define integracion del Consejo de Premiacion con representantes de SSPC (presidente), FGR, SEDENA, SEMAR, Camaras del Congreso y Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica.
Define el Premio Nacional de la Ceramica como reconocimiento a artesanos destacados por su empeño, trabajo y obras en favor de la promocion de la ceramica nacional.
Establece que la convocatoria anual considerara preservation de tecnicas artesanales, impulso de capacidades artisticas y promocion de igualdad de genero.
Enumera siete categorias: Ceramica Contemporanea, Alfareria Vidriada sin Plomo, Ceramica Tradicional, Escultura en Ceramica, Ceramica en Miniatura, Ceramica Navideña y Figura en Arcilla.
Establece que el Consejo de Premiacion incluye al Presidente de la Republica, Secretario de Cultura, titular del Fondo Nacional para Artesanias, Gobernador de Jalisco y Presidente Municipal de Tlaquepaque, sede oficial.
Define el Premio Nacional de Cultura Contributiva para personas y entidades con actividades sobresalientes en divulgacion de cultura contributiva e incentivo de cumplimiento fiscal, asi como investigaciones juridicas o tecnologicas.
Establece tres categorias: Promocion de Derechos Humanos de Contribuyentes, Fortalecimiento de Sistema Tributario Justo y Equitativo, e Investigaciones Academicas o Tecnologicas en Materia Tributaria.
Establece que el Premio consiste en medalla, diploma y opcionalmente numerario o especie, entregado anualmente por el Presidente de la Republica y el Titular de la Procuraduria de Defensa del Contribuyente.
Establece que la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente tramitara los premios en ejercicio de su autonomia y constituira un Consejo de Premiacion integrado por personas de reconocida calidad moral y representantes de sectores publico, privado y del Congreso.
Las erogaciones por premios se cargan a la partida presupuestaria de la Secretaria correspondiente, con respaldo en Presidencia si hay insuficiencia. Las recompensas recaen exclusivamente sobre el presupuesto de la dependencia del beneficiario.
Los premios, entregas en numerario o especie, y recompensas estan exentos de cualquier impuesto o deduccion conforme a las leyes fiscales aplicables.
Los jurados pueden proponer que dos o mas personas con iguales merecimientos compartan el mismo premio, o que cada una reciba el premio completo, salvo disposicion expresa contraria.
Las recompensas en efectivo se ajustaran proporcionalmente a los cambios del salario minimo general, manteniendo su poder adquisitivo.
Nuestros especialistas pueden analizar la aplicación de estas disposiciones a tu caso particular.
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