Los premios se entregan el 20 de noviembre de cada ano en el marco de festividades del aniversario de la Revolucion Mexicana. Esta fecha es obligatoria para todas las entregas.
Los premios se entregarán el 20 de noviembre de cada año, en el marco de los festejos conmemorativos del aniversario de la Revolución Mexicana. Artículo adicionado DOF 14-12-2011. Reformado DOF 26-12-2013, 06-01-2020
Nota: Los Capítulos IX Bis “Premio Nacional de Mérito Deportivo” y IX Ter “Disposiciones Comunes para los Premios Nacionales de Deportes y de Mérito Deportivo”, fueron derogados por Decreto DOF 06-01-2020 y los artículos que los integraban, 57 a 58 y 59 a 63 Bis respectivamente, pasaron a formar parte del Capítulo IX “Premio Nacional de Deportes”.
CAPÍTULO IX BIS Premio Nacional de Mérito Deportivo (Se deroga) Capítulo adicionado DOF 14-12-2011. Derogado y reubicado DOF 06-01-2020
CAPÍTULO IX TER Disposiciones Comunes para los Premios Nacionales de Deportes y de Mérito Deportivo (Se deroga) Capítulo adicionado DOF 14-12-2011. Derogado y reubicado DOF 06-01-2020
Nota: Los artículos 60 al 68 del Capítulo IX “Premio Nacional de Periodismo y de Información”, formaban parte de la versión original de esta Ley, publicada el 31 de diciembre de 1975, y fueron derogados por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2002.
CAPITULO IX Premio Nacional de Periodismo y de Información
Artículos 60 al 68.- Se derogan. Artículos derogados DOF 23-05-2002
CAPÍTULO X Premio Nacional de Mérito Cívico
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fecha fija facilita planeacion presupuestal y protocolar. Para contadores: deben prever actos y gastos para mediados de noviembre. Si alguna razon impide ceremonia en esa fecha, requiere aprobacion especial del consejo.
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Art. 63. Composicion del Jurado y obligaciones de confidencialidad
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