Los Consejos hacen del conocimiento publico los nombres de los integrantes de los Jurados. Esta transparencia es fundamental para garantizar legitimidad y confianza en el proceso.
Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta disposicion es critica para evitar conflictos de interes y nepotismo. Se debe publicar antes de iniciarse el proceso de evaluacion y debe incluir currícula resumida de los Jurados.
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Art. 28. Registro y expedientes de candidaturas
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Art. 30. Registro en libros de actas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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