LPERC

Artículo 18. Quorum y votacion en Consejos y Jurados

Sesionan validamente con mayoria de integrantes. Decisiones por mayoria de votos; empate lo resuelve voto de calidad del presidente.

quorumvotacionmayoriavoto de calidad

Texto Legal

Consejos y Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Requiere documentar asistencia en actas. Para validar decisiones en impugnaciones posteriores, verifica que se cumpla el quorum y que la votacion se registre adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LPERC?

Sesionan validamente con mayoria de integrantes. Decisiones por mayoria de votos; empate lo resuelve voto de calidad del presidente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Requiere documentar asistencia en actas. Para validar decisiones en impugnaciones posteriores, verifica que se cumpla el quorum y que la votacion se registre adecuadamente.

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