LPERC

Artículo 55. Entrega ceremonial del premio por Presidente

El premio se entrega en ceremonia publica y solemne por el Presidente de la Republica o su designado. La solemnidad del acto tiene implicaciones para protocolos gubernamentales y registro oficial.

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Texto Legal

Este premio será entregado en ceremonia pública y solemne por el Presidente de la República o la persona que él designe. Artículo adicionado DOF 18-11-1986. Reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 51-D)

CAPÍTULO IX Premio Nacional de Deportes Capítulo reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Capítulo VIII)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este aspecto ceremonial tiene implicaciones presupuestales para los gastos de organizacion y protocolo. Los abogados deben verificar que los actos se realicen conforme a los calendarios y disposiciones presidenciales vigentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del LPERC?

El premio se entrega en ceremonia publica y solemne por el Presidente de la Republica o su designado. La solemnidad del acto tiene implicaciones para protocolos gubernamentales y registro oficial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Este aspecto ceremonial tiene implicaciones presupuestales para los gastos de organizacion y protocolo. Los abogados deben verificar que los actos se realicen conforme a los calendarios y disposiciones presidenciales vigentes.

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