Establece que el Premio consiste en medalla, diploma y opcionalmente numerario o especie, entregado anualmente por el Presidente de la Republica y el Titular de la Procuraduria de Defensa del Contribuyente.
El Premio Nacional de Cultura Contributiva consistirá en medalla, diploma y podrá adicionarse con una entrega en numerario o especie cuyo monto determinará el Consejo de Premiación. Será entregado anualmente por el Presidente de la República y el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Artículo adicionado DOF 27-01-2015
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entrega conjunta entre Presidente y Procurador refuerza la naturaleza bipartita del reconocimiento (gobierno y defensa de derechos). El numerario es opcional, sugiriendo presupuesto flexible en el consejo premiador.
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Art. 125. Categorias Premio Cultura Contributiva
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Art. 127. Tramite y Constitucion del Consejo de Premiacion
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