LPERC

Artículo 10. Regimen de uso de preseas y precedencia

Las preseas solo pueden usarlas sus titulares en solemnidades y actos publicos pertinentes. Las preseas mexicanas tienen precedencia sobre condecoraciones extranjeras; la Miguel Hidalgo sobre todas las demas.

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Texto Legal

Las Preseas únicamente podrán usarse por sus titulares, quienes lo harán en solemnidades y actos públicos en que sea pertinente ostentarlas.

El uso de las Preseas otorgadas conforme a esta ley, tiene precedencia sobre el uso de cualquier otra Presea o Condecoración de origen extranjero y, tratándose de la Condecoración Miguel Hidalgo, sobre cualquier otra, sea nacional o extranjera.

El derecho al uso de cualquiera de las Preseas a que se refiere esta ley, se extingue por traición a la patria o por pérdida de la nacionalidad mexicana.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Punto critico: el derecho al uso se extingue por traicion a la patria o perdida de nacionalidad. Esto implica que debe revisarse el estatus legal del galardonado periodicamente, especialmente si hay cambios en su situacion migratoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LPERC?

Las preseas solo pueden usarlas sus titulares en solemnidades y actos publicos pertinentes. Las preseas mexicanas tienen precedencia sobre condecoraciones extranjeras; la Miguel Hidalgo sobre todas las demas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Punto critico: el derecho al uso se extingue por traicion a la patria o perdida de nacionalidad. Esto implica que debe revisarse el estatus legal del galardonado periodicamente, especialmente si hay cambios en su situacion migratoria.

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