Solo mexicanos pueden obtener reconocimientos, sean personas fisicas individuales, grupos o morales domiciliadas dentro o fuera del pais. Se exceptua la Orden Mexicana del Aguila Azteca y el Premio Nacional de Derechos Humanos para extranjeros.
Solamente los mexicanos podrán obtener alguno de los reconocimientos previstos en esta ley, al reunir los requisitos por ella fijados. Podrán ser personas físicas consideradas individualmente o en grupo, o personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país.
Se exceptúa la condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, que se otorga a extranjeros y el Premio Nacional de Derechos Humanos al que podrán hacerse acreedores, extranjeros radicados en el territorio nacional, cuya labor incida en favor de los mexicanos. Artículo reformado DOF 15-06-2004
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Nota la excepcion importante: extranjeros pueden recibir la Orden del Aguila Azteca y el Premio de Derechos Humanos si residen en territorio nacional y su labor beneficia a mexicanos. Esto es crucial para validar candidaturas internacionales.
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