LPERC

Artículo 91. Libro de Honor Premio Administracion Publica

Asigna a la Coordinacion General de Estudios Administrativos la custodia de libro de honor donde se asientan anualmente los nombres de servidores publicos galardonados con Premio Nacional de Administracion Publica.

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Texto Legal

La Coordinación General de Estudios Administrativos de la Presidencia de la República tendrá bajo su custodia el libro de honor en el que se asentarán anualmente los nombres de los servidores públicos que hayan obtenido el Premio Nacional de Administración Pública. Artículo adicionado DOF 15-01-1980. Reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 91-E)

CAPITULO XV Bis Premio Nacional al Mérito Forestal Capítulo adicionado DOF 25-02-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El registro centralizado permite transparencia y evita duplicaciones. Consultar este registro es practica prudente para verificar si un servidor ya fue galardonado en anos previos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 91 del LPERC?

Asigna a la Coordinacion General de Estudios Administrativos la custodia de libro de honor donde se asientan anualmente los nombres de servidores publicos galardonados con Premio Nacional de Administracion Publica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 91 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

El registro centralizado permite transparencia y evita duplicaciones. Consultar este registro es practica prudente para verificar si un servidor ya fue galardonado en anos previos.

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