LPERC

Artículo 45. Requisitos de merecimiento para premio ciencias

Los beneficiarios deben haber contribuido al progreso de ciencia, tecnologia e innovacion mediante producciones, trabajos docentes, investigacion o divulgacion. Define criterio de evaluacion de contribuciones.

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Texto Legal

Merecerán estos premios quienes, por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido al progreso de la ciencia, de la tecnología y de la innovación. Artículo reformado DOF 10-01-2012, 17-12-2015

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El termino contribucion al progreso es amplio pero evaluado por Jurado especializado. Incluye tanto investigacion original como labor docente y divulgacion; documentar impacto de trabajo es esencial para candidatos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LPERC?

Los beneficiarios deben haber contribuido al progreso de ciencia, tecnologia e innovacion mediante producciones, trabajos docentes, investigacion o divulgacion. Define criterio de evaluacion de contribuciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

El termino contribucion al progreso es amplio pero evaluado por Jurado especializado. Incluye tanto investigacion original como labor docente y divulgacion; documentar impacto de trabajo es esencial para candidatos.

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