LPERC

Artículo 98. Seleccion Candidato Premio Nacional

La Comision Interna selecciona al servidor publico que recibira la recompensa inciso b) del articulo 93 y lo propone como candidato para el Premio Nacional de Administracion Publica.

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Texto Legal

Una vez concluida la selección a que se refiere el artículo anterior, la Comisión Interna de Administración y Programación en funciones de Comisión Evaluadora, seleccionará al servidor público que por sus méritos se haga acreedor a la recompensa a que se refiere el inciso b) del artículo 93 de la presente Ley, el que será propuesto además como candidato de la dependencia o entidad para el Premio Nacional de Administración Pública ante el jurado a que se refiere el artículo 89 de esta Ley. Artículo reformado DOF 15-01-1980, 07-03-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo vincula el proceso interno con un premio nacional de mayor relevancia. El ganador de recompensa en dependencia automaticamente se propone para premio nacional; esto multiplica oportunidades de reconocimiento y visibilidad para servidor publico de alto desempenio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LPERC?

La Comision Interna selecciona al servidor publico que recibira la recompensa inciso b) del articulo 93 y lo propone como candidato para el Premio Nacional de Administracion Publica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Este articulo vincula el proceso interno con un premio nacional de mayor relevancia. El ganador de recompensa en dependencia automaticamente se propone para premio nacional; esto multiplica oportunidades de reconocimiento y visibilidad para servidor publico de alto desempenio.

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