LPERC

Artículo 37. Entregas en numerario o especie

El Consejo de Premiacion puede proponer al Presidente entregas de dinero o especie junto con premios cuya cuantía o naturaleza fija el propio Consejo. Permite complementar reconocimiento con beneficios economicos.

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Texto Legal

El Consejo de Premiación podrá proponer al Presidente de la República que los premios de que trata este Capítulo, se acompañen de entregas en numerario o en especie, cuya cuantía o naturaleza determine el propio Consejo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion permite flexibility fiscal. Las entregas en especie pueden incluir inmuebles o derechos. Se recomienda establecer límites presupuestarios claros en el reglamento interno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LPERC?

El Consejo de Premiacion puede proponer al Presidente entregas de dinero o especie junto con premios cuya cuantía o naturaleza fija el propio Consejo. Permite complementar reconocimiento con beneficios economicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles?

Esta disposicion permite flexibility fiscal. Las entregas en especie pueden incluir inmuebles o derechos. Se recomienda establecer límites presupuestarios claros en el reglamento interno.

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