LFRCF_200521

LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

La Ley de Fiscalizacion y Rendicion de Cuentas de la Federacion regula la fiscalizacion de los recursos publicos y la rendicion de cuentas de las entidades que manejan dichos recursos. Esta ley aplica a los sujetos obligados, que incluyen a la Administracion Publica Federal, organismos descentralizados y entidades de la Federacion. Los temas principales que cubre son la fiscalizacion de la cuenta publica, el proceso de fiscalizacion, auditorias, resultados, sanciones y responsabilidades, asi como la estructura y funcionamiento de la Auditoria Superior de la Federacion (ASF). Su importancia practica radica en que proporciona un marco legal claro para la transparencia y rendicion de cuentas, lo cual es fundamental para abogados, contadores y ciudadanos interesados en la correcta administracion de los recursos publicos y en la lucha contra la corrupcion.

Publicado: 18 de julio de 2016|Última reforma: 20 de mayo de 2021| PDF oficial

Estructura

113 artículos totales · 58 artículos clave analizados

Artículos (113)

Art.
1

Artículo 1. Objeto y alcance de la Ley

Ley de orden publico que reglamenta la revision y fiscalizacion de la Cuenta Publica, situaciones irregulares, participaciones federales y financiamientos. Establece la organizacion y atribuciones de la Auditoria Superior de la Federacion.

fiscalizacioncuenta publicaauditoria superior
Art.
2

Artículo 2. Alcance de la fiscalizacion contable

La fiscalizacion comprende revision de gestión financiera, cumplimiento de leyes de ingresos y presupuesto, manejo de recursos y deuda publica, asi como auditorias de desempeño de programas federales.

fiscalizaciongestion financierapresupuesto
Art.
3

Artículo 3. Principios de la fiscalizacion

La fiscalizacion se lleva a cabo conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

principioslegalidadimparcialidad
Art.
4

Artículo 4. Definiciones clave de la Ley

Articulo de definiciones que establece conceptos como Auditoria Superior de la Federacion, autonomia de gestion y tecnica, Cuenta Publica, entes publicos y entidades fiscalizadas.

definicionesconceptosentes publicos
Art.
5

Artículo 5. Publicacion de informes en formatos abiertos

Requiere publicacion de informes en la pagina de internet de la ASF en formatos abiertos conforme a ley de transparencia, excepto informacion reservada o en investigacion.

transparenciainformacion publicaformatos abiertos
Art.
6

Artículo 6. Caracteristicas de la fiscalizacion

La fiscalizacion es posterior al ejercicio fiscal, externa e independiente de otros controles, con programa anual aprobado y publicado previamente.

fiscalizacion posteriorindependenciaprograma anual
Art.
7

Artículo 7. Normas supletorias aplicables

En ausencia de disposicion en esta ley se aplican supletoriamente: Ley Federal de Presupuesto, Contabilidad Gubernamental, Disciplina Financiera, Coordinacion Fiscal y otras leyes conexas.

normas supletoriasaplicacion supletorialeyes conexas
Art.
8

Artículo 8. Criterios para ejecucion de auditorias

ASF debe emitir criterios relativos a ejecucion de auditorias conforme a ley y publicarlos en Diario Oficial de la Federacion.

criterios auditoriasejecucionpublicacion
Art.
9

Artículo 9. Obligacion de proporcionar informacion

Entes publicos y receptores de recursos federales deben facilitar auxilios y proporcionar informacion y documentacion solicitada por ASF. Plazo minimo 10 dias habiles, maximo 15, ampliable por complejidad.

informaciondocumentacionplazos
Art.
10

Artículo 10. Multas por incumplimiento de requerimientos

ASF puede imponer multas: personas fisicas 150-2000 UMA, personas morales 650-10000 UMA. Reincidencia duplica multa. Multas son creditos fiscales cobrados por SAT.

multassancionesincumplimiento
Art.
11

Artículo 11. Sanciones por negativa de informacion

Negativa a entregar informacion, actos de simulacion o aporte de informacion falsa se sanciona conforme a Ley General de Responsabilidades Administrativas y leyes penales aplicables.

negativa informacionsimulacioninformacion falsa
Art.
12

Artículo 12. Contenido del Informe de Avance de Gestion

Informe semestralmente sobre programas federales incluyendo flujo contable de ingresos-egresos al 30 de junio y avance de cumplimiento de objetivos segun indicadores presupuestarios.

informe avancegestion financieraindicadores
Art.
13

Artículo 13. Presentacion de la Cuenta Publica

Cuenta Publica se presenta conforme a plazo constitucional y contenido establecido en Ley General de Contabilidad Gubernamental articulo 53.

cuenta publicaplazopresentacion
Art.
14

Artículo 14. Objetivos de la fiscalizacion de Cuenta Publica

Evaluar resultados de gestion financiera incluyendo ejecucion presupuestaria, cumplimiento legal, verificacion de objetivos de programas, y evaluacion de eficiencia, eficacia y economía.

objetivos fiscalizaciongestion financieraeficiencia
Art.
15

Artículo 15. Tipos de acciones de fiscalizacion

Observaciones de ASF pueden derivar en acciones (aclaraciones, pliegos, informes responsabilidad, denuncias) o recomendaciones simples.

accionesrecomendacionesobservaciones
Art.
16

Artículo 16. Turno de Cuenta Publica a ASF

Mesa Directiva Camara de Diputados turna Cuenta Publica a Comision de Presupuesto en maximo 2 dias; esta a su vez turna a ASF en mismo plazo.

turnocuenta publicacamara diputados
Art.
17

Artículo 17. Atribuciones de ASF para fiscalizacion

ASF realiza auditorias segun programa anual aprobado, establece lineamientos tecnicos, propone modificaciones contables, verifica desempeño de programas, contratos y cumplimiento legal.

atribucionesauditoriasprogramas federales
Art.
17 Bis

Artículo 17 Bis. Fiscalizacion por medios digitales

ASF puede realizar fiscalizacion presencial o por medios electronicos usando herramientas tecnologicas, Buzon Digital para notificaciones, y expedientes electronicos o digitales.

fiscalizacion digitalbuzon digitalmedios electronicos
Art.
17 Ter

Artículo 17 Ter. Disposiciones para auditorias electronicos

Auditorias digitales requieren designacion de servidor publico enlace, confirmacion de correo, uso de Buzon Digital, firma electronica avanzada, y notificaciones se tienen por realizadas al tercer dia habiles si no se consultan.

auditoria electronicanotificacion digitalfirma electronica
Art.
18

Artículo 18. Reuniones de trabajo durante auditorias

Durante auditorias ASF puede convocar a entidades fiscalizadas a reuniones de trabajo para revision de resultados preliminares.

reunionesauditoriaresultados preliminares
Art.
19

Artículo 19. Grabacion de reuniones y audiencias de ASF

La Auditoria Superior de la Federacion puede grabar en audio o video las reuniones de trabajo y audiencias, previa autorizacion escrita de los participantes o a solicitud de la entidad fiscalizada, para integrar archivo electronico.

auditoriaprocedimientosgrabacion
Art.
20

Artículo 20. Presentacion preliminar de resultados a entidades

La ASF debe comunicar previamente a las entidades fiscalizadas los resultados y observaciones preliminares con 10 dias habiles de anticipacion, permitiendo que presenten justificaciones, aclaraciones y documentacion soporte en plazos establecidos.

auditoriaobservaciones preliminaresderecho de audiencia
Art.
21

Artículo 21. Reuniones de trabajo durante auditoria

La ASF puede convocar reuniones de trabajo adicionales durante las auditorias para revisar resultados preliminares, sin limitacion de cantidad.

auditoriareuniones de trabajoprocedimientos
Art.
22

Artículo 22. Revision de ejercicios anteriores en auditoria

La ASF puede solicitar informacion de ejercicios anteriores solo cuando programas o proyectos abarquen multiples ejercicios fiscales o en auditorias de desempeño, sin reabrir la cuenta publica del ejercicio anterior.

auditoriacuenta publicaejercicios fiscales
Art.
23

Artículo 23. Acceso a informacion y documentacion de ASF

La ASF tiene acceso a contratos, convenios, documentos, libros, archivos y justificaciones sobre ingreso y gasto publico, siempre que exprese los fines de la solicitud.

auditoriaacceso a informaciondocumentacion
Art.
24

Artículo 24. Coordinacion con organos de control internos

Organos internos de control y entidades fiscalizadoras locales deben colaborar con la ASF, intercambiando informacion y proporcionando facilidades para el ejercicio de auditoria.

coordinacionorganos de controlauditoria
Art.
25

Artículo 25. Confidencialidad de informacion proporcionada

La informacion proporcionada a la ASF conforme a articulos 23 y 24 esta afecta exclusivamente al objeto de esta Ley, preservando confidencialidad.

confidencialidadinformacionprivacidad
Art.
26

Artículo 26. Personal y contratacion de auditores

Las auditorias se practican por personal comisionado o despachos independientes habilitados, excepto en seguridad nacional, defensa o investigaciones administrativas que realiza directamente ASF. Se requiere manifestacion de no conflicto de intereses.

auditorcontratacionconflicto de intereses
Art.
27

Artículo 27. Identificacion de representantes de ASF

Auditores deben presentar oficio de comision e identificarse plenamente como personal actuante de la ASF.

auditoridentificacioncomision
Art.
28

Artículo 28. Obligacion de facilidades a la ASF

Las entidades fiscalizadas deben proporcionar espacios fisicos adecuados, medios y facilidades necesarios para que ASF cumpla sus atribuciones.

obligacioninfraestructuracooperacion
Art.
29

Artículo 29. Levantamiento de actas durante auditoria

Los auditores deben levantar actas circunstanciadas en presencia de dos testigos documentando hechos y omisiones encontrados. Las actas constituyen prueba en terminos de ley.

actaspruebaprocedimiento
Art.
30

Artículo 30. Obligacion de reserva de auditores

Servidores publicos de ASF y despachos contratados deben guardar estricta reserva sobre informacion, documentos, actuaciones y observaciones conocidas en el ejercicio de funciones.

confidencialidadauditoresreserva
Art.
31

Artículo 31. Responsabilidad de despachos externos por reserva

Prestadores de servicios profesionales externos contratados por ASF son responsables bajo leyes aplicables por violacion de reserva sobre informacion y documentos conocidos.

responsabilidaddespachos externosconfidencialidad
Art.
32

Artículo 32. Responsabilidad subsidiaria de ASF

ASF es responsable subsidiaria de daños y perjuicios causados por sus servidores publicos o despachos contratados, sin perjuicio de acciones legales contra responsables directos.

responsabilidaddaños y perjuiciosasf
Art.
33

Artículo 33. Plazo y presentacion de Informe General

ASF presenta Informe General a mas tardar el 20 de febrero siguiente al año de la Cuenta Publica, con caracter publico. La Camara lo remite a SNA y CPC, y ASF debe ampliar o aclarar contenido en sesiones conforme solicitud.

informe generalplazocamara de diputados
Art.
34

Artículo 34. Contenido minimo del Informe General

Informe General debe incluir resumen de auditorias, areas de riesgo, fiscalizacion de gasto federalizado, muestra auditada, sugerencias legislativas, analisis de finanzas publicas y otra informacion necesaria.

informe generalcontenidorequisitos
Art.
35

Artículo 35. Plazos de entrega de Informes Individuales

Informes individuales se entregan a la Camara el ultimo dia habil de junio y octubre, y el 20 de febrero del año siguiente al de la Cuenta Publica.

informes individualesplazosentrega
Art.
36

Artículo 36. Contenido minimo de Informes Individuales

Informes individuales incluyen criterios de seleccion, objetivo, alcance, procedimientos, dictamen, nombres de auditores, cumplimiento legal, resultados, observaciones, recomendaciones y sintesis de justificaciones presentadas por entidades.

informe individualcontenidorequisitos
Art.
37

Artículo 37. Rendicion de cuentas de acciones y multas

ASF informa a la Camara en informes individuales sobre observaciones, recomendaciones, acciones, imposicion de multas y demas acciones derivadas de auditorias.

informe individualaccionesmultas
Art.
38

Artículo 38. Reporte semestral de solventacion de observaciones

ASF reporta semestralmente a la Camara sobre estado de solventacion de observaciones, con presentacion antes del 1 de mayo y 1 de noviembre. Incluye montos resarcidos, atenccion a recomendaciones, denuncias penales, responsabilidades administrativas y pliegos de observaciones.

reporte semestralsolventacionseguimiento
Art.
39

Artículo 39. Informe individual a entidades fiscalizadas

El Titular de la Auditoría Superior de la Federación debe enviar un informe individual a las entidades fiscalizadas en un plazo de 10 días hábiles. Las entidades tienen 30 días hábiles para presentar información y consideraciones sobre el informe.

auditoriaentidades fiscalizadasinforme
Art.
40

Artículo 40. Acciones de la Auditoría Superior

La Auditoría Superior de la Federación debe seguir un protocolo al emitir acciones, incluyendo solicitudes de aclaración y la promoción de sanciones. Se establecen procedimientos específicos para el manejo de faltas administrativas y posibles delitos.

auditoriasancionesfiscalizacion
Art.
41

Artículo 41. Plazo para pronunciamiento de auditoría

La Auditoría Superior de la Federación tiene un plazo de 120 días hábiles para pronunciarse sobre las respuestas de las entidades fiscalizadas. Si no lo hace, se considerarán atendidas las recomendaciones.

auditoriaplazosrespuestas
Art.
42

Artículo 42. Análisis previo a recomendaciones

Antes de emitir recomendaciones, la Auditoría Superior debe analizar las observaciones con las entidades fiscalizadas. Se requiere un reporte final sobre las recomendaciones dentro de un plazo específico.

recomendacionesauditoriaentidades fiscalizadas
Art.
43

Artículo 43. Promoción de informes de responsabilidad

La Auditoría Superior puede promover informes de presunta responsabilidad administrativa y denuncias en cualquier momento, siempre que cuente con los elementos necesarios. Esto incluye la denuncia de hechos ante la Fiscalía.

responsabilidaddenunciasauditoria
Art.
44

Artículo 44. Análisis de informes individuales

La Comisión realizará un análisis de los informes individuales y lo enviará a la Comisión de Presupuesto, pudiendo solicitar opiniones sobre aspectos específicos. Esto busca mejorar la gestión financiera.

comisionanalisispresupuesto
Art.
45

Artículo 45. Errores en el Informe General

La Comisión puede solicitar aclaraciones a la Auditoría Superior si detecta errores en el Informe General. También puede recomendar comparecencias para aclarar contenidos.

erroresinforme generalauditoria
Art.
46

Artículo 46. Estudio del Informe General

La Comisión de Presupuesto estudiará el Informe General y someterá a votación el dictamen correspondiente, asegurando un análisis detallado y sustentado.

comisionpresupuestoinforme general
Art.
47

Artículo 47. Fiscalización de recursos federales

La Auditoría Superior fiscalizará los recursos federales administrados por entidades locales y particulares, asegurando el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

fiscalizacionrecursos federalesentidades locales
Art.
48

Artículo 48. Auditorías en la Cuenta Pública

La Auditoría Superior llevará a cabo auditorías como parte de la revisión de la Cuenta Pública, pudiendo incluir ejercicios fiscales anteriores.

auditoriascuenta publicafiscalizacion
Art.
49

Artículo 49. Pliego de observaciones

Cuando se detecten afectaciones a la Hacienda Pública, la Auditoría formulará un pliego de observaciones y podrá promover informes de responsabilidad administrativa.

observacioneshacienda publicaresponsabilidad
Art.
50

Artículo 50. Fiscalización de participaciones federales

La Auditoría Superior fiscalizará las participaciones federales, revisando procesos y cumplimiento de disposiciones locales aplicables.

participaciones federalesfiscalizacionauditoria
Art.
51

Artículo 51. Mecanismos de coordinación en auditorías

La Auditoría podrá llevar a cabo auditorías sobre participaciones federales mediante mecanismos de coordinación, estableciendo lineamientos técnicos para su fiscalización.

coordinacionauditoriasparticipaciones federales
Art.
52

Artículo 52. Fiscalización de garantías de deuda pública

La Auditoría fiscalizará las garantías otorgadas por el Gobierno Federal sobre financiamientos contratados por Estados y Municipios, asegurando su correcto uso.

garantiasdeuda publicafiscalizacion
Art.
53

Artículo 53. Verificación de créditos públicos

La fiscalización de instrumentos de crédito público busca verificar el cumplimiento de las normas y la correcta utilización de financiamientos por parte de entidades federativas y municipios.

creditos publicosfiscalizacionentidades federativas
Art.
54

Artículo 54. Fiscalizacion de Garantias del Gobierno

La Auditoría Superior de la Federación revisa las garantías otorgadas por el Gobierno Federal para asegurar que no generen gastos administrativos excesivos y que se utilicen en inversiones productivas. Este artículo establece criterios para la contratación de empréstitos bajo condiciones favorables.

fiscalizaciongarantiasempréstitos
Art.
55

Artículo 55. Irregularidades y Sanciones

Este artículo establece que cualquier irregularidad detectada durante la fiscalización dará lugar a un régimen de responsabilidades administrativas. Se deben activar los procesos sancionatorios correspondientes para asegurar la rendición de cuentas.

irregularidadessancionesresponsabilidades administrativas
Art.
56

Artículo 56. Financiamientos con Garantía Federal

Define los financiamientos o empréstitos que cuentan con garantía de la Federación, conforme a la Ley de Disciplina Financiera. Este artículo es clave para entender las obligaciones de las entidades federativas y municipios en relación a sus deudas.

financiamientosgarantía federalentidades federativas
Art.
57

Artículo 57. Fiscalizacion de Estrategias Financieras

La Auditoría Superior de la Federación tiene la responsabilidad de verificar la ejecución de estrategias de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de las entidades federativas y municipios. Esto incluye el seguimiento de convenios específicos.

fiscalizacionfinanzas publicasestrategias de ajuste
Art.
58

Artículo 58. Reglas Presupuestarias y Deuda Pública

Establece la obligación de la Auditoría Superior de fiscalizar las reglas presupuestarias y la contratación de deuda pública conforme a la Ley de Disciplina Financiera. Se deben observar los límites y requisitos establecidos en esta ley.

reglas presupuestariasdeuda publicadisciplina financiera
Art.
59

Artículo 59. Denuncias sobre manejo irregular de recursos

Cualquier persona puede presentar denuncias fundadas sobre manejo irregular de recursos publicos federales ante la Camara, Comision o ASF. La ASF puede revisar la gestion financiera durante ejercicios en curso o anteriores previa autorizacion de su Titular.

denunciasrecursos publicosauditorias
Art.
60

Artículo 60. Requisitos y elementos de denuncias formales

Las denuncias deben estar fundadas con documentos y evidencias, presentarse presencial o electronicamente, e incluir el ejercicio fiscal y descripcion de hechos irregulares. La ASF debe proteger la identidad del denunciante.

denunciasevidenciasprocedimiento
Art.
61

Artículo 61. Supuestos de procedencia de denuncias

Las denuncias procesan cuando hay desvio de recursos, irregularidades en manejo de recursos, actos irregulares en contratacion, comision recurrente de irregularidades e inconsistencias en informacion financiera. La ASF informara al denunciante sobre la resolucion de procedencia.

desvio de recursoscontratacioninconsistencias financieras
Art.
62

Artículo 62. Autorizacion para revision de gestion financiera

El Titular de la ASF autoriza revisiones basado en dictamen tecnico juridico de areas competentes, pudiendo abarcar ejercicio fiscal en curso o anteriores a la Cuenta Publica en revision.

autorizaciongestion financieradictamen
Art.
63

Artículo 63. Obligacion de proporcionar informacion a la ASF

Las entidades fiscalizadas estan obligadas a proporcionar cualquier informacion que solicite la Auditoría Superior de la Federacion.

obligacionesinformacioncooperacion
Art.
64

Artículo 64. Atribuciones de la ASF en auditorias

La ASF tiene las atribuciones legales para realizar auditorias conforme a esta Ley y debe reportar en informes el estado de observaciones, acciones y relacion de denuncias recibidas.

atribucionesauditoriasreportes
Art.
65

Artículo 65. Plazo para informe de auditoría y acciones

La ASF rendira informe a la Camara dentro de 10 dias habiles posteriores a conclusion de auditoria. Promovera acciones para fincamiento de responsabilidades administrativas, penales y politicas.

informeplazoresponsabilidades
Art.
66

Artículo 66. Compatibilidad de sanciones bajo esta Ley

Las disposiciones del Capitulo no excluyen sanciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas ni otras derivadas de revision de Cuenta Publica.

sancionescompatibilidadresponsabilidades
Art.
67

Artículo 67. Procedimiento para fincar responsabilidades

Cuando ASF detecta irregularidades, promueve sanciones ante Tribunal, da vista a organos de control, presenta denuncias penales ante Fiscalia, coadyuva en procesos penales y presenta denuncias de juicio politico.

responsabilidadessancionesprocedimiento
Art.
68

Artículo 68. Objeto de promocion de daños y perjuicios

La promocion de procedimiento busca resarcir daños y perjuicios estimables en dinero causados a Hacienda Publica o patrimonio de entes publicos, independiente de otras sanciones administrativas.

daños y perjuiciosresarcimientohacienda publica
Art.
69

Artículo 69. Responsabilidad de servidores de la ASF

La ASF promueve informe de responsabilidad administrativa y penal contra sus propios servidores cuando no formulen observaciones sobre irregularidades detectadas o violen reserva de informacion.

responsabilidadservidores publicosasf
Art.
70

Artículo 70. Independencia de obligaciones respecto sanciones

Las responsabilidades finacadas a servidores publicos y particulares no eximen a estos de sus obligaciones, cuyo cumplimiento se exigira aunque responsabilidad sea parcialmente efectiva.

obligacionessancionescumplimiento
Art.
71

Artículo 71. Procedimiento de presunta responsabilidad administrativa

La unidad investigadora promueve informe de responsabilidad ante autoridad substanciadora cuando observaciones no sean solventadas, aunque puede promoverse cuando se cuente con elementos necesarios.

investigacionpresunta responsabilidadprocedimiento
Art.
72

Artículo 72. Separacion de funciones investigadora y substanciadora

La unidad a cargo de investigacion debe ser distinta de la substanciadora. El Reglamento Interior debe establecer ambas unidades cuyos titulares cumplan requisitos del articulo 91.

separacion de funcionesinvestigacionsubstanciacion
Art.
73

Artículo 73. Coordinacion entre ASF y organos de control

Organos internos de control deben informar a ASF en 30 dias habiles el numero de expediente de investigacion, y en 10 dias habiles la resolucion definitiva de procedimientos promovidos.

coordinacionorganos de controlplazo
Art.
74

Artículo 74. Inclusion en plataforma nacional anticorrupcion

La ASF incluye en plataforma nacional digital informacion de servidores publicos y particulares sancionados por resolucion firme por faltas administrativas graves.

plataforma digitalsancionestransparencia
Art.
75

Artículo 75. Procedimiento del recurso de reconsideración

Se inicia con escrito en 15 dias desde notificacion de multa, conteniendo agravios y pruebas supervenientes. ASF puede prevenir por 5 dias para subsanar. Resolucion en 60 dias naturales desde cierre de instruccion.

recursoreconsideracionmultas
Art.
76

Artículo 76. Efectos de resolucion de reconsideración

La resolucion que pone fin al recurso confirma, modifica o revoca la multa impugnada.

resolucionrecursomulta
Art.
77

Artículo 77. Suspension de ejecucion de multa por recurso

La interposicion del recurso suspende ejecucion de multa siempre que recurrente garantice el pago en formas establecidas por Codigo Fiscal de la Federacion.

suspensionejecuciongarantia
Art.
78

Artículo 78. Prescripcion de acciones y responsabilidades

La accion para fincar responsabilidades y sanciones por faltas administrativas graves prescribe en 7 años, contados desde dia siguiente al incurrimiento o cese si fue continua. Prescripcion se interrumpe conforme LGRA.

prescripcionplazofaltas graves
Art.
79

Artículo 79. Prescripcion de Responsabilidades Administrativas

Las responsabilidades distintas a las penales prescriben conforme a las leyes aplicables. Este articulo establece el marco temporal para la exigencia de responsabilidades administrativas en materia fiscal.

prescripcionresponsabilidades administrativasfiscal
Art.
80

Artículo 80. Comision de Fiscalizacion de la Camara

La Camara de Diputados contara con una Comision para coordinar relaciones con la Auditoria Superior, evaluar su desempeño y garantizar la debida coordinacion entre ambos organos.

comisionauditoria superiorcoordinacion
Art.
81

Artículo 81. Atribuciones de la Comision de Fiscalizacion

Define ocho atribuciones principales incluyendo comunicacion con la Auditoria, recepcion de la Cuenta Publica, analisis de informes y evaluacion de desempeño de la Auditoria.

atribucionescomisioncuenta publica
Art.
82

Artículo 82. Informe de Evaluacion de la Comision

La Comision presenta un informe anual a la Auditoria Superior con observaciones y recomendaciones sobre su desempeño a mas tardar el 30 de mayo, con seguimiento en el siguiente ejercicio.

evaluacion desempeñoinforme anualauditoria superior
Art.
83

Artículo 83. Designacion del Titular de Auditoria

El Titular de la Auditoria Superior es designado por la Camara de Diputados con voto de dos terceras partes conforme al procedimiento constitucional.

auditoria superiordesignaciontitular
Art.
84

Artículo 84. Procedimiento de Seleccion del Titular

Establece proceso de convocatoria publica de diez dias, revision de solicitudes, entrevistas con candidatos, conformacion de terna y dictamen de la Comision para la Camara.

procedimientoseleccionconvocatoria publica
Art.
85

Artículo 85. Rechazo de Terna y Nueva Propuesta

Si ningun candidato de la terna obtiene las dos terceras partes de votos, se presenta nueva propuesta, excluyendo candidatos rechazados previamente.

rechazoternanueva propuesta
Art.
86

Artículo 86. Duracion del Cargo y Remocion del Titular

El Titular dura ocho años y puede ser reelegido una sola vez. Puede ser removido por causas graves con voto de dos terceras partes conforme a procedimientos constitucionales.

duracionremocioncausa grave
Art.
87

Artículo 87. Funciones Interinas del Auditor Especial

Durante receso de Camara, un Auditor Especial ejercera el cargo de Titular. En ausencias temporales sera suplido por auditores especiales segun Reglamento Interior.

auditores especialesfunciones interinasreceso
Art.
88

Artículo 88. Requisitos para Titular de Auditoria Superior

Requiere ciudadania mexicana, treinta y cinco años, buena reputacion, diez años residencia, experiencia en control fiscal, titulo profesional de diez años antiguedad y sin inhabilitaciones.

requisitostitularexperiencia fiscal
Art.
89

Artículo 89. Atribuciones del Titular de Auditoria

Incluye representacion institucional, elaboracion de presupuesto, administracion de bienes, aprobacion de programas anuales, emision de reglamentos internos y normas de fiscalizacion.

atribucionesadministracionprogramas
Art.
90

Artículo 90. Estructura Administrativa de Auditoria

El Titular es auxiliado por auditores especiales y personal conforme al Reglamento Interior, con distribucion de facultades segun presupuesto autorizado.

estructura administrativaauditores especialesdelegacion facultades
Art.
91

Artículo 91. Requisitos para Auditor Especial

Requiere ciudadania mexicana, treinta y dos años, experiencia de siete años en fiscalizacion, titulo profesional con minimo siete años antiguedad y buena reputacion sin sanciones.

auditor especialrequisitosexperiencia
Art.
92

Artículo 92. Prohibiciones para Titular y Auditores Especiales

Prohibe afiliacion a partidos, participacion politica, otros empleos remunerados, y divulgacion de informacion confidencial o reservada de Auditoria.

prohibicionesindependenciaconfidencialidad
Art.
93

Artículo 93. Causas Graves para Remocion del Titular

Incluye incumplimiento de prohibiciones, ausencias injustificadas, omision de informes, aceptacion de injerencia politica, desempeño deficiente sostenido y faltas administrativas graves.

causas gravesremocionresponsabilidad
Art.
94

Artículo 94. Procedimiento de Remocion del Titular

La Camara dictamina sobre motivos de remocion otorgando derecho de audiencia y requiriendo voto de dos terceras partes. Auditores especiales pueden ser removidos por Titular.

remocionprocedimientoderecho audiencia
Art.
95

Artículo 95. Participacion de Auditoria en Procedimientos Judiciales

Titular y Auditores Especiales deben absolver posiciones solo cuando autoridad competente lo requiera por oficio, respondiendo por escrito dentro del termino establecido.

procedimientos judicialesposicionesdeclaraciones
Art.
96

Artículo 96. Adscripcion de Unidades Administrativas

El Titular puede adscriban orgánicamente unidades administrativas conforme a Reglamento Interior, publicando acuerdos de delegacion en Diario Oficial de la Federacion.

unidades administrativasadscriciondelegacion
Art.
97

Artículo 97. Servicio Fiscalizador de Carrera

La Auditoria contará con un servicio fiscalizador de carrera cuyas reglas seran establecidas en un estatuto publicado en Diario Oficial de la Federacion.

servicio carreraservidores publicosprofesionalizacion
Art.
98

Artículo 98. Presupuesto y Autonomia Financiera de Auditoria

Auditoria elabora proyecto de presupuesto anual remitido a Comision antes del 15 de agosto para inclusion en Presupuesto de Egresos, ejerciendo autonomamente su presupuesto aprobado.

presupuestoautonomia financierarecursos
Art.
99

Artículo 99. Clasificacion de servidores publicos ASF

Los servidores de la Auditoria Superior de la Federacion se clasifican en trabajadores de confianza y de base, regidos por el Apartado B del articulo 123 Constitucional y la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado. Esta clasificacion es fundamental para determinar los derechos y obligaciones laborales.

auditoria superior federacionservidores publicosclasificacion laboral
Art.
100

Artículo 100. Designacion de trabajadores de confianza

Define que son trabajadores de confianza en la ASF: el Titular, auditores especiales, titulares de unidades, directores generales, auditores y mandos medios. Los trabajadores de base realizan labores no incluidas en estas categorias segun lo previsto en la Ley Federal de Trabajadores.

trabajadores confianzaauditores especialesmandos directivos
Art.
101

Artículo 101. Relacion juridica de trabajo ASF

Establece que la relacion juridica de trabajo existe entre la Auditoria Superior de la Federacion a traves de su Titular y los trabajadores a su servicio para todos los efectos legales.

relacion laboralauditoria superiortitular asf
Art.
102

Artículo 102. Vigilancia de funcionarios ASF

La Comision vigilara que el Titular, auditores especiales y demas servidores de la ASF se sujeten a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y disposiciones legales aplicables en el desempeño de sus funciones.

vigilanciaresponsabilidades administrativasauditoria superior
Art.
103

Artículo 103. Unidad de Evaluacion y Control ASF

Existe una Unidad encargada de vigilar el cumplimiento de funciones de servidores publicos de la ASF, formando parte de la estructura de la Comision. Puede imponer sanciones administrativas no graves o promover sanciones ante el Tribunal en faltas graves.

unidad evaluacion controlsanciones administrativasvigilancia interna
Art.
104

Artículo 104. Atribuciones de la Unidad Control

La Unidad tiene diez atribuciones principales incluyendo vigilancia de servidores, practica de auditorias de desempeño, recepcion de denuncias, imposicion de sanciones, defensa juridica, registro patrimonial y resolucion de inconformidades de proveedores.

atribuciones unidadauditorias internasdenuncias administrativas
Art.
105

Artículo 105. Designacion del Titular de Unidad Control

El Titular de la Unidad es designado por la Camara mediante voto mayoritario a propuesta de una terna de la Comision. Durara cuatro años y podra reelectarse por otro periodo igual. Incluye participacion de observadores de sociedad civil.

designacion titularvoto mayoritarioobservadores ciudadanos
Art.
106

Artículo 106. Responsabilidad del Titular Unidad

El Titular de la Unidad es responsable administrativamente ante la Comision y la Camara, debiendo rendir informe anual de gestion e informar extraordinariamente cuando se requiera.

responsabilidad administrativarendicion cuentasinforme anual
Art.
107

Artículo 107. Atribuciones del Titular Unidad Control

El Titular planea y programa auditorias, requiere informacion de unidades administrativas, expide certificaciones y representa a la Unidad, ademas de ejercer otras atribuciones legales.

atribuciones titularplaneacion auditoriasrepresentacion legal
Art.
108

Artículo 108. Recursos y estructura de Unidad Control

La Unidad contara con servidores publicos, unidades administrativas y recursos economicos aprobados por la Camara. Su reglamento establecera competencia de areas y unidades administrativas necesarias.

recursos economicospersonal administrativopresupuesto asf
Art.
109

Artículo 109. Personal de confianza en Unidad Control

El personal de la Unidad es de confianza y debe cumplir perfiles academicos especializados preferentemente en fiscalizacion, evaluacion de desempeño y control. El ingreso es por concurso publico.

personal confianzaperfiles academicosespecialidad fiscal
Art.
110

Artículo 110. Contralorias Social en fiscalizacion

La Comision recibe peticiones, propuestas y denuncias de sociedad civil que pueden ser consideradas en programa anual de auditorias. Resultados deben incluirse en informes individuales e Informe General, con participacion del Comite de Participacion Ciudadana.

contraloria socialsociedad civilparticipacion ciudadana
Art.
111

Artículo 111. Recepcion de denuncias en Unidad Control

La Unidad recibe opiniones, solicitudes y denuncias de sociedad civil sobre funcionamiento de fiscalizacion de la ASF. Pueden presentarse electronicamente o por escrito libre, con formatos disponibles.

denuncias ciudadanascanales participacionmedios electronicos

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