LFRCF_200521

Artículo 43. Promoción de informes de responsabilidad

La Auditoría Superior puede promover informes de presunta responsabilidad administrativa y denuncias en cualquier momento, siempre que cuente con los elementos necesarios. Esto incluye la denuncia de hechos ante la Fiscalía.

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Texto Legal

La Auditoría Superior de la Federación, podrá promover, en cualquier momento en que cuente con los elementos necesarios, el informe de presunta responsabilidad administrativa ante el Tribunal; así como la denuncia de hechos ante la Fiscalía Especializada, la denuncia de juicio político ante la Cámara, o los informes de presunta responsabilidad administrativa ante el órgano interno de control competente, en los términos del Título Quinto de esta Ley.

Capítulo V De la conclusión de la revisión de la Cuenta Pública

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La capacidad de la Auditoría para actuar en cualquier momento resalta la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas. Las entidades deben estar preparadas para responder a cualquier señalamiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LFRCF_200521?

La Auditoría Superior puede promover informes de presunta responsabilidad administrativa y denuncias en cualquier momento, siempre que cuente con los elementos necesarios. Esto incluye la denuncia de hechos ante la Fiscalía.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

La capacidad de la Auditoría para actuar en cualquier momento resalta la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas. Las entidades deben estar preparadas para responder a cualquier señalamiento.

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