La ASF puede convocar reuniones de trabajo adicionales durante las auditorias para revisar resultados preliminares, sin limitacion de cantidad.
Lo previsto en los artículos anteriores, se realizará sin perjuicio de que la Auditoría Superior de la Federación convoque a las reuniones de trabajo que estime necesarias durante las auditorías correspondientes, para la revisión de los resultados preliminares.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion complementaria que permite flexibilidad procesal. Las entidades fiscalizadas deben mantener disponibilidad para participar en reuniones adicionales mas alla de las formales establecidas en el articulo 20.
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Art. 20. Presentacion preliminar de resultados a entidades
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Art. 22. Revision de ejercicios anteriores en auditoria
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