Informes individuales se entregan a la Camara el ultimo dia habil de junio y octubre, y el 20 de febrero del año siguiente al de la Cuenta Publica.
Los informes individuales de auditoría que concluyan durante el periodo respectivo deberán ser entregados a la Cámara, por conducto de la Comisión, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tres fechas clave: junio, octubre y febrero. Las entidades deben estar preparadas para responder hallazgos en estos momentos. Analizar reportes previos para anticipar publicaciones y preparar comunicados corporativos.
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Art. 34. Contenido minimo del Informe General
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Art. 36. Contenido minimo de Informes Individuales
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