LFRCF_200521

Artículo 34. Contenido minimo del Informe General

Informe General debe incluir resumen de auditorias, areas de riesgo, fiscalizacion de gasto federalizado, muestra auditada, sugerencias legislativas, analisis de finanzas publicas y otra informacion necesaria.

informe generalcontenidorequisitosfiscalizacion

Texto Legal

El Informe General contendrá como mínimo:

I. Un resumen de las auditorías realizadas y las observaciones realizadas;

II. Las áreas claves con riesgo identificadas en la fiscalización;

III. Un resumen de los resultados de la fiscalización del gasto federalizado, participaciones federales y la evaluación de la deuda fiscalizable;

IV. La descripción de la muestra del gasto público auditado, señalando la proporción respecto del ejercicio de los poderes de la Unión, la Administración Pública Federal, el gasto federalizado y el ejercido por órganos constitucionales autónomos;

V. Derivado de las Auditorías, en su caso y dependiendo de la relevancia de las observaciones, un apartado donde se incluyan sugerencias a la Cámara para modificar disposiciones legales a fin de mejorar la gestión financiera y el desempeño de las entidades fiscalizadas;

VI. Un apartado que contenga un análisis sobre las proyecciones de las finanzas públicas contenidas en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio fiscal correspondiente y los datos observados al final del mismo, y

VII. La demás información que se considere necesaria.

Capítulo III De los Informes Individuales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Estructura obligatoria del informe general. Revisar versiones previas para entender patrones de hallazgos, areas de riesgo identificadas y sugerencias legislativas que afecten entidades similares. Útil para anticipar criticas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LFRCF_200521?

Informe General debe incluir resumen de auditorias, areas de riesgo, fiscalizacion de gasto federalizado, muestra auditada, sugerencias legislativas, analisis de finanzas publicas y otra informacion necesaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

Estructura obligatoria del informe general. Revisar versiones previas para entender patrones de hallazgos, areas de riesgo identificadas y sugerencias legislativas que afecten entidades similares. Útil para anticipar criticas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 34 del LFRCF_200521?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 34 LFRCF_200521 desde tu celular