ASF presenta Informe General a mas tardar el 20 de febrero siguiente al año de la Cuenta Publica, con caracter publico. La Camara lo remite a SNA y CPC, y ASF debe ampliar o aclarar contenido en sesiones conforme solicitud.
La Auditoría Superior de la Federación tendrá un plazo que vence el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, para rendir el Informe General correspondiente a la Cámara, por conducto de la Comisión, mismo que tendrá carácter público.
La Cámara remitirá copia del Informe General al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y al Comité de Participación Ciudadana.
A solicitud de la Comisión o de su junta directiva, el Auditor Superior de la Federación y los funcionarios que éste designe presentarán, ampliarán o aclararán el contenido del Informe General, en sesiones de la Comisión cuantas veces sea necesario a fin de tener un mejor entendimiento del mismo,
LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
siempre y cuando no se revele información reservada o que forme parte de un proceso de investigación. Lo anterior, sin que se entienda para todos los efectos legales como una modificación al Informe General.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Hito temporal critico de la fiscalizacion. El 20 de febrero es fecha limite para informe general. Las entidades fiscalizadas tienen interes en los tiempos de presentacion para defensa publica. ASF puede ser cuestionada sobre cumplimiento de plazos.
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