LFRCF_200521

Artículo 51. Mecanismos de coordinación en auditorías

La Auditoría podrá llevar a cabo auditorías sobre participaciones federales mediante mecanismos de coordinación, estableciendo lineamientos técnicos para su fiscalización.

coordinacionauditoriasparticipaciones federales

Texto Legal

La Auditoría Superior de la Federación podrá llevar a cabo las auditorías sobre las participaciones federales a través de los mecanismos de coordinación que implemente, en términos del artículo 79, fracción I, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En el mismo marco de la coordinación, la Auditoría Superior de la Federación emitirá los lineamientos técnicos que deberán estar contenidos en los mecanismos de colaboración correspondientes y que tendrán por objeto homologar y hacer eficiente y eficaz la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, incluyendo a todas las entidades fiscalizadas de dichos órdenes de gobierno. Asimismo deberán velar por una rendición de cuentas oportuna, clara, imparcial y transparente y con perspectiva. Dichos lineamientos contendrán como mínimo:

I. Los criterios normativos y metodológicos para las auditorías, así como indicadores que permitan evaluar el desempeño de las autoridades fiscalizadoras locales con las que se hayan implementado los mecanismos de coordinación, exclusivamente respecto al cumplimiento de los mismos;

II. Los procedimientos y métodos necesarios para la revisión y fiscalización de las participaciones federales;

III. La cobertura por entidad federativa de las auditorías realizadas dentro de los programas, y

IV. En su caso, las acciones de capacitación a desarrollar.

La Auditoría Superior de la Federación llevará a cabo de manera directa las auditorías que correspondan, independientemente de los convenios que hubiere celebrado con las entidades fiscalizadoras locales cuando la entidad local de fiscalización haya solventado sin sustento, o en contravención a los lineamientos mencionados, observaciones realizadas con motivo de auditorías al ejercicio de las participaciones federales durante dos años consecutivos.

Lo anterior sin perjuicio de que la Auditoría Superior de la Federación podrá llevar a cabo directamente la fiscalización de participaciones federales independientemente del mecanismo de coordinación que hubiere celebrado o implementado. Asimismo, la Auditoría Superior de la Federación informará de manera semestral a la Comisión, respecto de los mecanismos de coordinación celebrados, así como de los resultados del desempeño de las autoridades fiscalizadoras locales correspondientes con las que se coordinó. LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Sin perjuicio de lo establecido en el presente Capítulo, la Auditoría Superior de la Federación podrá, en los términos previstos en el Título Cuarto de esta Ley, fiscalizar la gestión financiera correspondiente al ejercicio fiscal en curso o respecto a años anteriores.

Capítulo III De la Fiscalización Superior de la Deuda Pública de las Entidades Federativas y Municipios que cuenten con Garantía del Gobierno Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La colaboración entre entidades fiscalizadoras puede mejorar la eficiencia de las auditorías. Las entidades deben estar al tanto de los lineamientos establecidos para cumplir con las expectativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LFRCF_200521?

La Auditoría podrá llevar a cabo auditorías sobre participaciones federales mediante mecanismos de coordinación, estableciendo lineamientos técnicos para su fiscalización.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

La colaboración entre entidades fiscalizadoras puede mejorar la eficiencia de las auditorías. Las entidades deben estar al tanto de los lineamientos establecidos para cumplir con las expectativas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 51 del LFRCF_200521?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 51 LFRCF_200521 desde tu celular