LFRCF_200521

Artículo 17 Bis. Fiscalizacion por medios digitales

ASF puede realizar fiscalizacion presencial o por medios electronicos usando herramientas tecnologicas, Buzon Digital para notificaciones, y expedientes electronicos o digitales.

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Texto Legal

Los procesos de fiscalización a que hace referencia esta Ley, podrán ser realizados por la Auditoría Superior de la Federación de manera presencial o por medios electrónicos a través de las herramientas tecnológicas y de conformidad con sus Reglas de carácter general.

La Auditoría Superior de la Federación contará con un Buzón Digital, a través del cual, de manera enunciativa más no limitativa realizará la notificación de solicitudes de información preliminar, órdenes de auditoría, e informes individuales que contengan acciones, previsiones o recomendaciones, así como, en su caso, cualquier acto que se emita, los cuales constarán en documentos digitales.

Por su parte, las entidades fiscalizadas presentarán solicitudes o darán atención a requerimientos de información de la Auditoría Superior de la Federación a través de documentos o archivos digitales certificados enviados a través del Buzón Digital o celebrarán los actos que se requieran dentro del proceso de fiscalización superior.

Los procesos de fiscalización que se realicen a través de medios electrónicos mediante las herramientas tecnológicas constarán en expedientes electrónicos o digitales. Artículo adicionado DOF 11-01-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma reciente (2021) que moderniza procesos. Entidades deben designar enlace coordinador y mantener correo electronico vigente. Firma electronica avanzada sustituye firma autografa. Facilita auditorias remotas pero requiere infraestructura digital adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 Bis del LFRCF_200521?

ASF puede realizar fiscalizacion presencial o por medios electronicos usando herramientas tecnologicas, Buzon Digital para notificaciones, y expedientes electronicos o digitales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 Bis de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

Reforma reciente (2021) que moderniza procesos. Entidades deben designar enlace coordinador y mantener correo electronico vigente. Firma electronica avanzada sustituye firma autografa. Facilita auditorias remotas pero requiere infraestructura digital adecuada.

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