El Titular de la Auditoria Superior es designado por la Camara de Diputados con voto de dos terceras partes conforme al procedimiento constitucional.
Al frente de la Auditoría Superior de la Federación habrá un Titular de la Auditoría Superior de la Federación designado conforme a lo previsto por el párrafo sexto del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requiere supramayoria, lo que implica que candidatos deben tener consenso multipartidista. Esto proporciona mayor estabilidad institucional pero puede ralentizar decisiones operativas de fiscalizacion.
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Art. 82. Informe de Evaluacion de la Comision
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Art. 84. Procedimiento de Seleccion del Titular
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