Durante receso de Camara, un Auditor Especial ejercera el cargo de Titular. En ausencias temporales sera suplido por auditores especiales segun Reglamento Interior.
Durante el receso de la Cámara, el Auditor Especial que corresponda conforme al Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, ejercerá el cargo hasta en tanto dicha Cámara designe al Titular de la Auditoría Superior de la Federación en el siguiente periodo de sesiones.
El Titular de la Auditoría Superior de la Federación será suplido en sus ausencias temporales por los auditores especiales, en el orden que señale el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación. En caso de falta definitiva, la Comisión dará cuenta a la Cámara para que designe, en términos de esta Ley, al Auditor que concluirá el encargo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Garantiza continuidad operativa sin interrupciones administrativas. El orden de suplencia debe especificarse claramente en el Reglamento Interior para evitar conflictos de competencia durante transiciones.
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Art. 86. Duracion del Cargo y Remocion del Titular
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