Titular y Auditores Especiales deben absolver posiciones solo cuando autoridad competente lo requiera por oficio, respondiendo por escrito dentro del termino establecido.
El Titular de la Auditoría Superior de la Federación y los auditores especiales sólo estarán obligados a absolver posiciones o rendir declaración en juicio, en representación de la Auditoría Superior de la Federación o en virtud de sus funciones, cuando las posiciones y preguntas se formulen por medio de oficio expedido por autoridad competente, misma que contestarán por escrito dentro del término establecido por dicha autoridad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta restriccion protege al Titular de desviaciones de sus funciones por demandas frecuentes. Requiere formalidad de oficio de autoridad competente, previniendo citatorios infundados.
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Art. 94. Procedimiento de Remocion del Titular
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