LFRCF_200521

Artículo 30. Obligacion de reserva de auditores

Servidores publicos de ASF y despachos contratados deben guardar estricta reserva sobre informacion, documentos, actuaciones y observaciones conocidas en el ejercicio de funciones.

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Texto Legal

Los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación y, en su caso, los despachos o profesionales independientes contratados para la práctica de auditorías, deberán guardar estricta reserva sobre la información y documentos que con motivo del objeto de esta Ley conozcan, así como de sus actuaciones y observaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Deber fundamental de confidencialidad. Aunque beneficia a entidades fiscalizadas al restringir divulgacion, recuerde que informes finales son publicos. La reserva aplica durante proceso de auditoria, no al resultado final.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LFRCF_200521?

Servidores publicos de ASF y despachos contratados deben guardar estricta reserva sobre informacion, documentos, actuaciones y observaciones conocidas en el ejercicio de funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas?

Deber fundamental de confidencialidad. Aunque beneficia a entidades fiscalizadas al restringir divulgacion, recuerde que informes finales son publicos. La reserva aplica durante proceso de auditoria, no al resultado final.

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